Un juzgado canario dictamina que se debe dar baja remunerada cuando no se puede adaptar el puesto de trabajo

Condena por no pagar la prestación por embarazo a una enfermera
Juzgados de lo Social de Santa Cruz de Tenerife.


2 mar. 2017 9:00H
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POR REDACCIÓN
La Mutua de Accidentes de Canarias (MAC) ha sido condenada por denegar la prestación por riesgos en el puesto de trabajo a una enfermera embarazada. Se trata de la primera sentencia favorable de una serie de recursos presentados en el archipiélago, ya que hay hasta cinco trabajadoras que han padecido una situación parecida y que han decidido denunciar a la mutua a través de Satse, según han explicado fuentes de este sindicato.
 
Los servicios jurídicos del sindicato de enfermería han interpuesto recurso en todos estos casos contra la mutua, el Servicio Canario de la Salud (SNS) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ante la violación de las medidas de seguridad para embarazadas y lactantes que impone la legislación sobre prevención de riesgos laborales.
 
La sentencia, dictada el 13 de febrero de 2017 por el Juzgado de lo Social nº1 de Santa Cruz de Tenerife, declara que la demandante tiene derecho a percibir el cien por cien de todas las prestaciones de baja por riesgo en el embarazo y condena a la mutua a abonar dichas prestaciones.
 
De acuerdo con el sindicato, en todos los casos denunciados, se estaba vulnerando la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ya que siendo la propia empresa la que comunicó a las enfermeras que no podía garantizar la eliminación de riesgos y que, al no disponer de un puesto de trabajo exento de riesgos, se declaraba la suspensión del contrato de trabajo y, por tanto, tendrían derecho a la prestación por riesgo en el embarazo a cargo de la mutua.
 
Sin embargo, en todos los casos estos informes fueron desestimados por la MAC, el organismo encargado de autorizar o no, la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.

Satse explica que la enfermería es una de las profesiones con mayor número de riesgos y no siempre es posible adaptar el puesto de trabajo para proteger la salud de la madre y el bebé, por eso la normativa vigente contempla que se puede suspender la actividad laboral de la trabajadora sin que pierda la prestación por riesgo. El sindicato, según un comunicado, "llevaba meses denunciando la forma de actuar de la mutua" ya que, en lugar de proteger a la trabajadora, la estaba obligando a seguir en su puesto de trabajo a pesar de los riesgos.
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