El consejero de Sanidad, Jesús Morera.
El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Sanidad, el proyecto de decreto por el que se crean y regulan en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud (SCS) cinco categorías profesionales de Enfermería y cuatro de técnico, al tiempo que se modifica la denominación de la categoría Ayudante Técnico Sanitario-Diplomado Universitario de Enfermería (ATS/DUE), sustituyéndola por la actual de enfermero.
El proyecto de decreto ha sido informado favorablemente por la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, el Consejo Consultivo de Canarias y la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.
Una vez publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) será efectiva la creación en el SCS de las categorías de enfermero especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Pediátrica, Enfermería de Salud Mental, Enfermería del Trabajo y Enfermería Geriátrica, dando así cumplimiento a lo previsto a nivel estatal en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, que regula el catálogo homogéneo de equivalencia de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.
Asimismo, se crean las categorías de personal técnico especialista en Dietética y Nutrición, Documentación Sanitaria, Sistemas y Tecnologías de la Información y la de Técnico Auxiliar de Farmacia, a la vez que se modifica la denominación de la categoría ATS/DUE por la de enfermero, adaptándola a la regulación vigente en materia de ordenación de las profesiones sanitarias y a la determinación y clasificación de las especialidades en el ámbito de la enfermería.
Medidas transitorias
Hasta el momento, el MInisterio de Sanidad no ha convocado la prueba de evaluación de la competencia que permite el acceso excepcional al título de enfermero especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria por los profesionales que acrediten haber ejercido como enfermero las actividades propias de la especialidad.
Por ello, la norma prevé de forma transitoria que la creación de estas plazas en las plantillas orgánicas del SCS se realice de forma progresiva y con criterios de racionalidad, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Sanidad.
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