Estimó un recurso del sindicato para evitar que finalizasen obligatoriamente a esta edad



7 ene. 2015 16:53H
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Lorena Aguirre.
El presidente del Sindicato Médico de Baleares (Simebal), Isidro Torres, ha aplaudido la decisión del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares por la sentencia que anula la jubilación forzosa de los médicos a partir de los 65 años y, en este sentido, ha lamentado que, en España, se trate de perder la experiencia de estos profesionales cuando, en otros, ésta es utilizada para otros fines.
 

Isidro Torres, presidente del Sindicato Médico de Baleares.

Se trata del tercer plan de ordenación de recursos humanos (Porh) del servicio de salud de las Islas Baleares (Ib-Salut), aprobado por parte del Consejo de Gobierno de la CAIB, al que siguió un recurso por parte del sindicato médico de baleares que, ahora, ha sido estimado por el tribunal.
 
De este modo, Torres ha denunciado a Redacción Médica que la elaboración de este plan haya respondido a “criterios economicistas” ya que los médicos jubilados no son sustituidos por “otros más jóvenes”. Precisamente, entre las cuestiones que reprochaba el sindicato al Ib-Salut, se encuentra el hecho de que no hubiesen presentado una memoria que justificase la jubilación forzosa de estos profesionales con el fin de mejorar la situación económica.
 
El presidente de Simebal también ha dicho que la jubilación de estos profesionales es  “una pérdida de capital humano enorme”. Y, en este sentido, ha explicado que, “hoy en día, a los 65 años, salvo que estés enfermo, puedes continuar”, tal y como ocurre en algunas profesiones, y ha lamentado que, en otros países, sí que se reconozca la experiencia de estos sanitarios y se aproveche, por ejemplo, para la formación de residentes.

Ahora, con el pronunciamiento de este tribunal, tal y como asegura el sindicato, el Ib-Salut no podrá denegar las solicitudes de prolongación de servicio activo. De este modo, si no se solicita la prolongación, la jubilación sigue siendo forzosa a los 65 años o 65 y 3 meses en el 2015, según los años de cotización. En general, la prolongación se debe solicitar como mínimo 3 meses antes de cumplir la edad que corresponda.

Además, aquellos que solicitaron la prolongación de servicio activo, les haya sido denegada, y hayan recurrido judicial o por la vía administrativa tendrán que ver estimados sus recursos y podrán reincorporarse a sus plazas, siendo indemnizados por el periodo en el que han estado jubilados.

Con todo, el tribunal superior de justicia de las Islas Baleares ya había anulado, en 2011, los dos anteriores planes de ordenación, también a instancias de recursos contencioso-administrativos interpuestos por el sindicato médico de baleares.
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