En cualquier momento de la vigencia del convenio, que tiene una duración máxima de diez años, la Inspección Sanitaria puede comprobar la calidad del proceso asistencial



13 jun. 2013 13:32H
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Redacción. Palma
El Servicio de Salud podrá integrar hospitales privados sin ánimo de lucro en la Red Hospitalaria Pública siempre que se den necesidades de tipo asistencial. La Consejería de Salud ha presentado el Decreto ley que regulará la vinculación entre estos centros sanitarios y la Red Pública de Hospitales por medio de la figura de los convenios singulares. La integración de estos centros permitirá ampliar los servicios sanitarios públicos y ponerlos a disposición de la ciudadanía.

Miquel Thomàs y Sansaloni durante la presentación del nuevo decreto.

El consejero de Salud, Martí Sansaloni, acompañado del director general del Servicio de Salud, Miquel Thomàs, ha explicado las líneas generales de la nueva normativa. Estos acuerdos se pueden suscribir siempre que se cumplan determinados requisitos: debe tratarse de una entidad sin ánimo de lucro; deben existir necesidades asistenciales; los hospitales han de tener la homologación de las condicionas técnicas necesarias y los requerimientos de calidad establecidos legalmente; deben existir disponibilidad presupuestaria, y los centros privados tienen que cumplir la normativa en materia fiscal, laboral y de la seguridad social.

Al integrarse en la Red Hospitalaria Pública, el régimen jurídico de estos centros pasará a ser esencialmente público, con las excepciones de la titularidad del centro, que continuará siendo privada, y del régimen de personal, que se regirá por el derecho laboral privado.

La Red Hospitalaria Pública es un instrumento creado por el Servicio de Salud que incluye los siete hospitales públicos de las Islas Baleares y permite integrar todos los hospitales privados sin ánimo de lucro que estén vinculados por medio de estos convenios singulares. De esta manera se integra en la Red Hospitalaria Pública la totalidad de los servicios y de las prestaciones que ofrecen estos hospitales sin ánimo de lucro.

Según el consejero, “tanto los servicios sanitarios públicos como los hospitales privados sin ánimo de lucro comparten el mismo espíritu: promover y preservar la salud sin buscar ningún beneficio más allá de garantizar la asistencia sanitaria de la ciudadanía”.

En cualquier momento de la vigencia del convenio, que puede tener una duración máxima de diez años, la Inspección Sanitaria del Servicio de Salud puede comprobar la calidad del proceso asistencial y si se cumplen las condiciones pactadas. Es obligatorio cumplir los requerimientos de información, además de las acciones de comprobación, control financiero y auditoría que la Intervención General y la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Autónoma consideren pertinentes.

 

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