Redacción. Oviedo
El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha publicado las instrucciones para la interpretación y aplicación al personal de los centros e instituciones sanitarias de determinados aspectos del régimen de vacaciones, permisos y ausencias.
Celia Gómez, gerente del Sespa. |
Según recoge las instrucciones publicadas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), la Administración ha procedido a reordenar y regular el nuevo régimen de disfrute de permisos vacaciones y liciencias y ya ha iniciado la tramitación del oportuno decreto bajo unos criterios de aplicación adaptados a las especificidades del sistema sanitario.
Las vacaciones tendrán una duración de 22 días hábiles por año completo trabajado. A efectos del disfrute de las vacaciones para el personal que tenga establecido el cumplimiento de su jornada bajo un régimen de turno rotatorio, se entenderán como días hábiles los días laborables o en los que tenga señalada actividad en su cartelera.
Las vacaciones anuales retribuidas del personal de los Servicios de Atención Continuada (SAC), Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP), Servicio de Asistencia Médica Urgente (SAMU) y otros colectivos que tengan una distribución irregular de su jornada, se disfrutarán por meses, quincenas o semanas naturales, o bien por jornadas laborales cuyo cómputo no exceda de 150 horas de jornada ordinaria.