Gonzalo Gayol, secretario general de la FSS de CCOO en Asturias, y Alejandro González Álvarez, secretario de Acción Sindical.
28 mar. 2017 12:20H
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Una nueva sentencia (y van ya tres) obliga al Sespa a realizar una nueva convocatoria para la carrera profesional que incluya a todo el personal temporal de larga duración del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa). La novedad de esta sentencia radica en que reconoce el derecho a todos los trabajadores, incluso de los que no recurrieron su exclusión de la anterior convocatoria.
Una sentencia del Juzgado número 5 de lo contencioso-administrativo de Oviedo reconoce el derecho de todos los trabajadores temporales de larga duración (con más de cinco años de trabajo en las instituciones sanitarias públicas), licenciados y diplomados sanitarios, a encuadrarse en el grado 1 de carrera profesional, de la misma manera que los fijos, hayan recurrido individualmente o no.
El litigio fue puesto en marcha por el sindicato Comisiones Obreras de Asturias, que pone el acento en que por primera vez este reconocimiento se consigue a raíz de una demanda no individual, sino colectiva. “Queda demostrado que no era necesario que todos los afectados reclamasen, sino que con un solo recurso del sindicato era suficiente”, explica Alejandro González, secretario de Acción Sindical de CCOO en Asturias. “No era necesario obligar a todos los trabajadores a pasar por caja para que recurriesen a nivel individual”, remata este responsable.
Posible recurso
El sindicato que aventura que el Sespa “recurrirá al Superior de Justicia, para dilatar el proceso”, pero que, en todo caso, la sentencia viene a confirmar “que la jurisprudencia europea debe de trasladarse de manera inmediatamente al derecho nacional”. Por tanto CCOO pide que se convoque inmediatamente el encuadramiento en el nivel 1 de carrera profesional y se abran el resto de niveles.
Esta sentencia viene a sumarse a otra dictada con fecha 24 de enero de 2017 por el juzgado número 1, en un sentido muy parecido (reconocimiento general y no individual), y que estimaba favorablemente un litigio iniciado por el Sindicato Médico de Asturias (Simpa) a instancia de un médico, y a otra más del juzgado número 4 que solo reconocía el acceso a la carrera al médico que había interpuesto la demanda.
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