Los trabajadores que hayan disfrutado de vacaciones no remuneradas en los últimos cuatro años se pueden ver beneficiados



17 ene. 2013 15:43H
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Redacción. Zaragoza
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha reconocido la extensión de la sentencia por la que se reconocen como servicios prestados a todos los efectos profesionales y retributivos los permisos sin sueldo por asuntos propios, para todas las personas que iniciaron el procedimiento de reconocimiento de esta situación a través de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO en Aragón (FSS-CCOO Aragón).

Rubén Eito, secretario de Organización de la FSS-CCOO Aragón.

El sindicato ha instado al Servicio Aragonés de Salud para que aplique la sentencia de oficio a todos los trabajadores y trabajadoras que hayan disfrutado permisos sin sueldo o que lo hagan en el futuro, sin distinción, ya que se trata de una sentencia firme que resuelve una situación que tiene una importante afectación, tanto en la baremación de méritos aportados por estas personas a los diferentes procesos de selección, provisión o promoción, como en su repercusión retributiva a la hora del reconocimiento de trienios o los diferentes niveles del sistema de carrera profesional.

Fruto de esta demanda y de la recogida de información de personas afiliadas a CCOO que habían disfrutado de permisos sin sueldo, la FSS-CCOO Aragón advirtió que el Salud estaba cotizando irregularmente los períodos disfrutados como permisos sin sueldo, a la baja, de forma que cuando un trabajador ha disfrutado de un permiso de este tipo, el Salud ha cotizado por la cuantía mínima establecida para el grupo profesional para contingencias comunes y la mínima establecida para contingencias profesionales.

Sin embargo, la Orden que da instrucciones en relación con la cotización al Régimen General de la Seguridad Social de los empleados públicos, determina que la base de cotización durante el disfrute de los asuntos propios debe ser idéntica a la que le correspondería de haber continuado su prestación de servicios.

Por todo ello, la FSS-CCOO Aragón ha comunicado a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social esta circunstancia, para que requiera al Salud a corregir las cotizaciones de aquellos trabajadores que han disfrutado de permisos sin sueldo en los últimos cuatro años, período máximo no prescrito en el que es posible solicitar la retroactividad de los efectos. Así, los trabajadores que hayan disfrutado de permisos sin sueldo en los últimos cuatro años se pueden ver beneficiados en las bases de cotizaciones que derivarán en mejores prestaciones de seguridad social.

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