Juan José Porcar, presidente del Colegio de Enfermería de Zaragoza.
El
Colegio de Enfermería de Zaragoza ha interpuesto un recurso contra el artículo 4 de la categoría estatutaria de
Enfermero del trabajo en el ámbito de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud por abrir la puerta a dicha categoría a los diplomados de enfermería de Empresa que no obtuvieron el título de especialista de enfermería del Trabajo.
El artículo recurrido reza que “para el acceso a esta categoría profesional, será requisito indispensable estar en posesión de la especialidad de enfermería del Trabajo o ser diplomado en enfermería de empresa”. Según el Colegio, “el acceso a la categoría por parte de Diplomados de enfermería de Empresa vulnera el principio de legalidad”.
El planteamiento esgrimido por el Colegio de Enfermería es que “para el acceso a esta categoría profesional, es requisito indispensable estar en posesión de la especialidad de enfermería del Trabajo”, criticando la entrada de “los Diplomados de Enfermería de Empresa que no obtuvieron el título de Especialistas por la vía de Especialidades de enfermería”.
Según el mismo Colegio, la solicitud de poseer dicho reconocimiento de la especialidad ya cuenta con varias disposiciones en otros servicios autonómicos de salud, como el madrileño, el cántabro, el gallego y el extremeño. En todos ellos, explican, el denominador común para acceder a la integración en la categoría de enfermero de Trabajo es tener como requisito indispensable el título de enfermería especialista en esta área.
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