De esta forma se retiene el talento de los profesionales más válidos tras su jubilación



17 nov. 2013 17:37H
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Redacción. Zaragoza
La Consejería de Sanidad ya está ultimando el Decreto que regulará la figura del personal emérito del Servicio Aragonés de Salud. “Una forma de retener el talento de los profesionales más válidos tras su jubilación”, ha anunciado el consejero Ricardo Oliván en una interpelación en el Pleno de las Cortes.

Ricardo Oliván, consejero de Sanidad.

El nombramiento como personal emérito constituye un reconocimiento de carácter vitalicio del prestigio y relevancia profesional adquirida a lo largo de la vida laboral de aquellos licenciados sanitarios merecedores de esta distinción, a la vez que les posibilita a mantener una relación activa con las instituciones sanitarias por periodos prorrogables hasta el cumplimiento de los 72 años.

Se contempla de esta forma la alternativa de la figura senior o de orientador, un consultor no como laboral asistencial sino para transmitir la experiencia acumulada durante todos los años de profesión, que ejercerá una enseñanza tutelada.

La posibilidad de nombrar personal emérito dota al Servicio Aragonés de Salud de un mecanismo de aprovechamiento de la experiencia y los conocimientos de unos determinados profesionales más allá de su vida laboral.

Se pretende reconocer el prestigio y la importancia profesional de licenciados sanitarios jubilados así como facilitar, durante el periodo de tiempo establecido, la existencia de una relación activa de adscripción, realizando funciones de consultoría, asesoría y formación, aprovechando de esa forma su experiencia y su trayectoria de servicios relevantes en el ámbito asistencial.

Este Decreto regulará los requisitos necesarios para acceder a esta condición, el procedimiento para su reconocimiento, el régimen de actividades, las condiciones para su ejercicio, así como los derechos inherentes a su nombramiento.
El personal emérito susceptible de nombramiento deberá ser jubilado del Sistema Nacional de Salud con un periodo mínimo de 25 años de prestación de servicios de los cuales al menos 10 años previos se hayan prestado en el Servicio Aragonés de Salud.

No podrá sobrepasar la edad de 72 años y deberán estar en posesión de un currículo de méritos especialmente relevantes en el ámbito de la asistencia sanitaria, la docencia o la investigación en el campo de las ciencias de la salud o por sus especiales servicios en el Servicio Aragonés de Salud. Se tendrán en cuenta como méritos, entre otros, la labor excepcional desempeñada en el ámbito asistencial, docente y de investigación, así como los resultados de las evaluaciones correspondientes en relación con la actividad ejercida por el solicitante, el conocimiento y la experiencia elevados en la especialidad o área de competencias, reconocidos interna o externamente mediante la posesión de premios, distinciones o cualquier otra acreditación que demuestre dicho conocimiento y experiencia, el diseño, asesoría, dirección, coordinación y participación en proyectos, planes e iniciativas que hayan contribuido a la mejora del Servicio de Salud en Aragón, las estancias en instituciones sanitarias, científicas y académicas extranjeras, que hayan contribuido favorablemente en el funcionamiento del Servicio Aragonés de Salud.

Las actividades a desarrollar se basarán fundamentalmente en la consultoría, asesoramiento y formación práctica y técnica en el ámbito de su especialidad, diseño de programas y proyectos de mejora de capacidades asistenciales, docentes e investigadoras de los centros sanitarios, de calidad en relación con la coordinación de niveles asistenciales, de integración institucional, de relación comunitaria ciudadana y cualquier otra actividad de interés excepcional en el Servicio Aragonés de Salud.

Con esta nueva figura en el ámbito sanitario aragonés, se afirma que se aprovechará la experiencia y conocimientos de unos determinados profesionales que han destacado en su vida profesional por la excepcionalidad en su ejercicio.

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