Redacción. Zaragoza
El Ejecutivo aragonés ha aprobado este martes en Consejo de Gobierno la modificación de excedencia por cuidado de hijos y familiares prevista en el Pacto de 7 de julio de 2006. De este modo, la Mesa Sectorial de Sanidad, en la reunión celebrada el 24 de julio, alcanzó un acuerdo sobre el fraccionamiento y la duración de excedencias por cuidado de hijos y familiares.
María Ángeles Alcutén, gerente del Salud. |
Así, el personal estatutario tendrá derecho a una excedencia no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto lo sea por naturaleza o por adopción o acogida. Siendo el periodo mínimo de permanencia en esta situación de al menos dos meses en caso de fraccionamiento.
Dicho personal también tendrá derecho a una excedencia entre dos meses como mínimo y tres años como máximo para el cuidado de familiares que se encuentren a su cargo hasta el segundo grado de consaguineidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no puedan valerse por sí mismos, y no desempeñen actividad retribuida.
El fallecimiento del familiar que origina el derecho pondrá fin al disfrute de la excedencia, debiendo incorporarse al servicio activo en el periodo máximo de un mes a contar desde el fallecimiento.