El consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, José Luis Bancalero.
El Gobierno de Aragón
reordena las funciones y responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales entre los diferentes órganos del Departamento de Sanidad. La adecuada implantación del sistema de gestión del Plan de Prevención de Riesgos Laborales en el Departamento de Sanidad "supone la actuación conjunta de toda la organización y, por tanto, es necesario atribuir, en toda la escala jerárquica del Departamento, las funciones de
ejecución y el cumplimiento del citado Plan de Prevención y, en general, de toda la normativa sobre prevención de riesgos", reza el texto.
La Orden publicada en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) y a instancias del consejero de Sanidad,
José Luis Bancalero, agrega que la asignación habrá de realizarse
considerando la actual estructura orgánica y funcional que se encuentra regulada en el Decreto de 12 de julio de 2024, del presidente del Gobierno de Aragón.
Por un lado, el empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, entre otras cuestiones, la adopción de las medidas relativas a la
organización y desarrollo de las actividades de protección de salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades.
Además, en cumplimiento de dichas previsiones se ha cursado consulta y se han tenido en cuenta las aportaciones de los órganos de representación del personal en materia de prevención de riesgos laborales del ámbito correspondiente al Departamento de Sanidad, sobre
participación en materia de prevención de riesgos laborales en la comunidad autónoma.
Distribución de funciones y responsabilidades
Así, corresponde a la persona titular del Departamento de Sanidad las responsabilidades de
integrar la prevención de riesgos laborales y promoción de la salud en el conjunto de la organización del Departamento;
difundir y transmitir al conjunto de la organización la política de prevención de riesgos laborales y promoción de la salud de la Administración autonómica; y fijar y documentar los objetivos y metas de conformidad con la mencionada política preventiva, así como evaluar su efectivo cumplimiento.
Además, también constan las funciones de adoptar las
medidas preventivas que sean necesarias para garantizar la seguridad y salud del personal del Departamento; asignar los recursos necesarios, ya sean humanos, económicos o materiales, para conseguir los objetivos establecidos; y
aprobar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales del Departamento.
Por su parte, corresponde a la Secretaría General Técnica medidas como promover la
implantación del Plan de Prevención derivado de los distintos Planes de Actividades Preventivas, su seguimiento y control; elaborar el informe anual específico sobre la situación del plan de prevención del Departamento de Sanidad; garantizar y promover la colaboración de todas las unidades administrativas con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales; y registrar los accidentes e incidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, entre otras.
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