Afirma que no se “no se fundamenta en una mayor disponibilidad horaria o flexibilidad en su jornada”



28 oct. 2015 13:57H
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Redacción. Sevilla
El Observatorio de la Sanidad del Colegio de Médicos de Sevilla ha elaborado una encuesta entre sus más de 9.000 colegiados sobre la formulación actual del complemento de exclusividad y los resultados arrojan que el 90 por ciento de los profesionales médicos de Sevilla no están de acuerdo con el mismo.

Juan Bautista Alcañiz, presidente del Colegio de Médicos.

Consecuentemente, el Observatorio ha elaborado un decálogo reivindicativo para conocimiento de la comunidad sanitaria y la sociedad a modo de denuncia de las circunstancias que rodean a este complemento. El decálogo se transmitirá al Servicio Andaluz de Salud.

En él la corporación sevillana asegura que el complemento de exclusividad “no se fundamenta en una mayor disponibilidad horaria o flexibilidad en su jornada, sino sólo a no tener actividad remunerada fuera de su ejercicio profesional por cuenta ajena en el Servicio Andaluz de Salud”. A su juicio, “esto marca una diferencia con respecto del resto de los trabajadores de la administración pública a los que se les imponen una mayor disponibilidad o flexibilidad para dicha percepción”. Creen que “las guardias médicas garantizan la asistencia fuera de la jornada ordinaria, tampoco tendría sentido esta formulación”.

Asimismo, apunta que “este complemento no sólo es incompatible con el ejercicio profesional libre de la medicina, sino con cualquier trabajo o actividad, sin que se objetive ningún requisito para su percepción más que no tener ingresos por actividad laboral o profesional simultánea”.

El Colegio de Médicos de Sevilla alerta, además, de que “supone el complemento más cuantioso de la remuneración de un médico de asistencia primaria u hospitalaria, es decir, se da más importancia a que el médico no trabaje en otra cosa que al grado de formación o responsabilidad que precisa en su trabajo”.

La corporación critica que “el importe del complemento de exclusividad se reduce en función del porcentaje de jornada al que está contratado un médico, pero la prohibición de ejercer profesionalmente fuera del SAS se aplica al cien por cien de su tiempo”.

Por otro lado, recuerda que el SAS establece una duración mínima del periodo de renuncia al complemento de exclusividad de 1 año lo que significa que el médico al que le surge una actividad profesional fuera de su ocupación en el SAS no puede legalmente desarrollarla, salvo que renuncie a ella, pero igualmente no puede reintegrarse al complemento de exclusividad cuando la ha finalizado, salvo que hayan pasado al menos 1 año desde su renuncia previa.
 
Denuncia que este concepto no se aplica a trabajadores no enmarcados en el SAS

El Colegio de Médicos denuncia que se ha exigido este complemento para la contratación de algunos profesionales de forma ineludible y afirma que “no se aplica a trabajadores no enmarcados en el SAS”. En su opinión este concepto retributivo se ha se ha esgrimido como una forma de evitar que los profesionales con ejercicio privado deriven a sus pacientes privados para lograr la realización de pruebas complementarias costosas en medicina privada.

Por último, el decálogo señala que se ha usado dicho complemento para evitar que los profesionales con ejercicio privado tengan un menor rendimiento en su ejercicio público y como forma para impedir que los profesionales con ejercicio privado, deriven pacientes públicos a su ejercicio privado.
 
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