Jesús Aguirre, consejero de Salud de Andalucía.
La
Consejería de Salud y Familias de Andalucía ha regulado las condiciones para las
‘intensificaciones de la actividad investigadora’ que pueden concederse a unidades asistenciales y profesionales. Así, estas intensificaciones se rigen ahora por las instrucciones de ordenación de las intensificaciones de la actividad investigadora en los centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía, que han sido aprobadas por resolución conjunta de la
Secretaría General de I+D+i de la Consejería de Salud y Familias y el Servicio Andaluz de Salud. Esta resolución está disponible para su consulta en la
web del SAS.
Así, las nuevas instrucciones aprobadas, y que sustituyen a las de 21 de diciembre de 2018, establecen la
definición de la intensificación de la actividad investigadora, los
requisitos de las unidades clínicas y áreas integradas de gestión de las agencias Públicas Empresariales Sanitarias para solicitar una intensificación, los requisitos de los profesionales para ser intensificados, el órgano encargado de la valoración de las solicitudes, los criterios de valoración para su concesión, las instrucciones para la tramitación, las intensificaciones sometidas a la autorización de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud y los
límites a la intensificación.
Tipos de intensificación
La norma establece ciertos límites a la intensificación de la actividad investigadora
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Según la resolución conjunta, existen varios tipos de intensificaciones. Una de ellas es la ‘Intensificación de la actividad investigador
a mediante convocatoria competitiva’, que permite la
liberación parcial y temporal de la actividad asistencial de un profesional para posibilitar un aumento de su dedicación a la actividad investi-gadora, mediante una convocatoria competitiva de acciones de refuerzo de una entidad pública financiadora o de una entidad autorizada por la Consejería de Salud y Familias o el Servicio Andaluz de Salud.
Asimismo, existe también la ‘intensificación
singular de la actividad investigadora’, que posibilita esta misma
liberación parcial y temporal de la actividad asistencial para aumentar la labor investigadora de un profesional, pero sin que medie una convocatoria competitiva de acciones de refuerzo. Estas intensificaciones son para proyectos comisionados por la Consejería de Salud y Familias o el Servicio Andaluz de Salud; ensayos clínicos autorizados independientes de interés sanitario; ensayos clínicos autorizados en fases I y IIa; proyectos de investigación/innovación en el contexto de proyectos de Compra Pública Innovadora; proyectos de investigación/innovación competitivos financiados por entidad pública o privada; responsabilidad de paquetes de trabajo en un proyecto europeo competitivo.
Un tercer tipo de intensificaciones es la “
acción de refuerzo”, que consiste en la financiación, mediante convocatoria competitiva, de la
contratación de recursos humanos que permitan a una Unidad Clínica intensificar su actividad investigadora mediante el incremento de la dedicación de un profesional a la investigación.
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