Redacción. Sevilla
El seguimiento de la atención sanitaria de las personas transexuales incluirá la creación de indicadores de seguimiento sobre los resultados de los tratamientos, terapias e intervenciones que se llevan a cabo, con detalle de las técnicas empleadas, complicaciones y reclamaciones surgidas, así como la evaluación de la calidad asistencial. Así lo recoge la Ley Integral para la No Discriminación Por Motivos de Identidad de Género y Reconocimiento de los Derechos de las Personas Transexuales de Andalucía, publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
María José Sánchez Rubio.
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El objetivo de esta norma, señala el BOJA, es establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho a la autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género distinta a la asignada al nacer.
En cuanto a la atención sanitaria, la Consejería de Salud, establecerá un procedimiento asistencial de atención a las personas transexuales que contendrá los criterios, objetivos y estándares de atención recogidos en las recomendaciones internacionales en la materia. Asimismo, el Servicio Andaluz de Salud facilitará el acceso a la cartera de servicios existentes, conforme al proceso asistencial establecido procurando la máxima proximidad entre las personas usuarias y los centros sanitarios.
Salud considerará en su cartera básica los tratamientos que tiendan a la modulación del tono y timbre de la voz. Asimismo, se encargará de proporcionar a sus profesionales formación específica de calidad en materia de transexualidad.
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