El SAS ha determinado que actualmente hay 61 puestos de difícil cobertura
El Servicio Andaluz de Salud ha publicado
el mapa de los puestos de difícil cobertura en Atención Primaria para la categoría de
médico de familia. A estos puestos se aplicará
la batería de mejoras laborales, aprobadas en
Mesa Sectorial, para incentivar a los profesionales sanitarios que permanecen en estas plazas. Esta iniciativa pretende reconocer la labor de los profesionales que elijan trabajar en
zonas rurales o remotas y garantizar la presencia y estabilización de profesionales en estos puestos.
El listado de los puestos de difícil cobertura para médicos de familia se recoge en la
Resolución de la Dirección General de Profesionales que
ha publicado este lunes el BOJA y se continuará definiendo el resto de especialidades de difícil cobertura. En cualquier caso, para estas especialidades, continúan vigentes las zonas y puestos definidos como de difícil cobertura del Plan de Ordenación de Recursos Humanos revisado en 2014.
La Resolución que se ha publicado este lunes actualiza el listado de los puestos correspondientes a Medicina de Familia y se c
ontinuará analizando el resto de categorías para actualizar lo que corresponda.
Criterios
En la Resolución, se recogen los criterios que se han utilizado para determinar los puestos considerados de difícil cobertura y que se centran en dos aspectos: que el
número de solicitudes existentes en la bolsa de una categoría/especialidad ponderada respecto del número de profesionales efectivos en plantilla, alcance un coeficiente insuficiente para la cobertura de atención sanitaria de dicho puesto y que existan plazas que no ha sido posible cubrir a través de los procedimientos ordinarios en ofertas de empleo temporal, siguiendo lo establecido en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos.
En base a estos dos indicadores, se han determinado, en un primer lugar, como puestos de difícil cobertura los de médico de familia de
61 zonas básicas de salud de las ocho provincias andaluzas. En el Plan de Ordenación de Recursos Humanos vigente se identificaban 21 zonas básicas de salud y ahora se amplían a 61 zonas.
La Dirección General de Profesionales mantendrá actualizado, al menos una vez al año, la relación de puestos de difícil cobertura con el objetivo de contar con mecanismos ágiles de identificación de los mismos, pudiendo establecerse además una declaración provisional si las circunstancias así lo determinan. Este registro será público a través de la web del SAS.
Mejoras laborales
Las mejoras laborales que se aplicarán a estos puestos de difícil cobertura se plantean en distintos ámbitos:
acceso a la formación continuada,
reconocimiento,
desarrollo profesional y
mejoras retributivas asociadas al complemento de carrera profesional o mejoras en los procesos de movilidad voluntaria y selección de personal.
De esta forma, se incorporarán en los procesos de selección de personal medidas que promuevan el acceso y permanencia en puestos de difícil cobertura. Para las convocatorias de
Ofertas Públicas de empleo de personal fijo y procesos selectivos de carácter temporal, se incluirá en los baremos de méritos una puntuación específica y adicional para los servicios prestados en puestos de difícil cobertura. La puntuación adicional tendrá un peso máximo del 20% en el apartado de experiencia profesional.
Se ha determinado que existen 61 puestos de difícil cobertura de médicos de familia en las 8 provincias
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De hecho, ya se ha publicado en BOJA la Resolución por la que se modifican los baremos en los sistemas de selección de personal temporal y que viene a baremar adicionalmente los meses trabajados en estos puestos de difícil cobertura y también se ha recogido en el
Decreto 209/2018, de 20 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2018 de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud publicado el pasado viernes.
En las ofertas de destino de los procesos selectivos de personal fijo,
se incluirán las vacantes existentes en puestos de difícil cobertura y, en aquellos puestos de trabajo considerados de difícil cobertura, el personal con nombramiento de larga duración podrá pasar a situación de disponible en bolsa para recibir otra oferta de larga duración cuando hayan transcurrido al menos dos años desde su nombramiento (la regla común es de cuatro años). La solicitud de una localidad donde existan puestos de difícil cobertura de esa especialidad y, en su caso categoría, no estará sometida a limitación temporal alguna.
Además, los profesionales en puestos de difícil cobertura, y que deseen voluntariamente prolongar la permanencia en SAS una vez cumplida la edad de jubilación, podrán optar a ello en un puesto de difícil cobertura y
tendrán la opción de solicitar jornada reducida.
De otro lado, se han modificado los procesos de selección de personal temporal para que los profesionales que están cursando la formación especializada (EIR) puedan inscribirse en las bolsas de empleo temporal antes del cierre de la fecha de corte del año anterior a la finalización del periodo de residencia. La activación de solicitud quedará en todo caso condicionada a que finalice la formación. Al inicio del último año de residencia, la Dirección General de Profesionales informará a los residentes de las oportunidades de trabajo en la sanidad pública andaluza.
Con todas estas medidas se pretende promover la vinculación y permanencia en puestos y/o centros de difícil cobertura, así como la incorporación inmediata de profesionales que finalicen su formación especializada a los procesos de selección temporal en estos centros.
Formación continuada
En cuanto a la formación continuada, se desarrollarán programas de formación específicos para estos profesionales que podrán realizar estancias de formación en centros de referencia con el fin de mantener las habilidades necesarias en la atención a patologías de elevada complejidad. En aquellos centros, con más del 50% en categorías o especialidades de difícil cobertura o más del 40 por ciento de puestos de difícil cobertura, se promoverá un plan específico de impulso de la formación on line y semipresencial para el conjunto de la plantilla.
Respecto a los
procesos de movilidad voluntaria, se incentivará la permanencia de profesionales sanitarios de las categorías más demandadas en los centros sanitarios que presentan mayores dificultades para su cobertura, reconociéndose adicionalmente al menos el 50% de la valoración por mes de servicios prestados con un límite de 30 puntos por la permanencia ininterrumpida en el último puesto fijo que hubiera ocupado efectivamente. Este incentivo caducará cuando se produzca el cambio de destino.
Carrera profesional
Además, se ha modificado el marco regulador de los procesos de acreditación y carrera profesional. En este sentido, la Resolución de 1 de septiembre de la Dirección General de Profesionales se contempla que los profesionales que reúnan los requisitos exigidos de certificación y hayan desarrollado su labor, al menos tres años continuados en estos puestos,
podrán incorporarse al nivel II de carrera y, sin necesidad de haber alcanzado el segundo grado de reconocimiento,
podrán acceder al nivel III de carrera profesional
si cuentan con más de seis años de trabajo en este tipo de puestos. El acceso a estos niveles de carrera conlleva el pago del correspondiente complemento retributivo.
Todos estos aspectos se recogerán como objetivos específicos en el próximo
Plan de Ordenación de Recursos Humanos, actualmente
en proceso de revisión y se continuarán trabajando y definiendo en Mesa Sectorial. Asimismo, se propondrá la priorización en el seno de la
Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, de los trabajos para adecuar la oferta de plazas de formación sanitaria especializada a las necesidades y lograr paliar la falta de médicos que actualmente padece el sistema, con especial preocupación por las plazas de
Medicina de Familia y Pediatras de Atención Primaria que se quedan sin cubrir sobre todo en áreas rurales.
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