Redacción. Sevilla
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado una sentencia en el procedimiento de impugnación de la aplicación de las 37,5 horas por la que se impide al Servicio Andaluz de Salud suprimir completamente, o en parte, el resto de modalidades de jornada normativa, tales como Continuidad Asistencial o Jornada Complementaria.
Esta decisión señala que el artículo 25.1 de la Ley 3/2012 de 21 de septiembre deja a salvo en la ampliación de jornada ordinaria las demás modalidades de jornada normativa. Seguidamente indica que la adaptación a esta nueva jornada ordinaria de treinta y siete horas y media no supone la supresión del resto de modalidades de jornada.
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