El director general de Gestión Económica y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, José Antonio Miranda.
La Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (SAS) resuelve
dos procesos para estabilizar médicos de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria. El primero de ellos nombra
personal estatutario fijo en esta categoría, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso,
un total de 107 médicos.
Este procedimiento, según consta el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), también recoge las
personas decaídas en el proceso, se acude a la relación complementaria de
personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso,
se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, se inicia el plazo para solicitar destino, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
Entre las 107 personas aspirantes nombradas personal estatutario fijo de la categoría de médico de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, en la resolución constan sus nombres y apellidos en el primer anexo, así como información personal, los
puntos obtenidos en el procedimiento y el hospital de destino.
Por su parte, en el segundo anexo se reflejan las
personas aspirantes decaídas en su derecho. En el tercer anexo se hace mención a las aquellas a las que
se les concede un previo trámite de audiencia y, finalmente, en el cuarto y último, a las personas aspirantes a las que se requiere para realizar petición de centro de destino, con su puntuación final.
Propuesta de contratación indefinida
En el segundo procedimiento, que hace referencia a la
propuesta de contratación indefinida en la categoría de médico de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso libre, las
personas que han superado el proceso selectivo de concurso son siete.
Como en el caso anterior, en la resolución, publicada en el Boja, constan los
aspirantes a los que se les concede un previo trámite de audiencia (dos), las personas aspirantes decaídas en su derecho (tres) y las
personas aspirantes a las que se requiere para realizar petición de centro de destino (dos).
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