Es el Consejo de Gobierno autonómico el órgano que debe aplicar el horario



14 mar. 2014 16:16H
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Redacción. Sevilla
El Sindicato de Enfermería (Satse) ha ganado una sentencia que cuestiona la aplicación “arbitraria” de la jornada laboral de 37,5 horas dejando claro que, en ausencia de un acuerdo con los sindicatos, es el Consejo de Gobierno el órgano competente que debe establecer las pautas para garantizar una aplicación homogénea del incremento de jornada. De esta forma, explica Satse, el fallo judicial rechaza que sean las distintas gerencias del SAS las que establezcan la ampliación y distribución de la jornada laboral al exceder sus competencias.

En concreto, Satse indica, por medio de un comunicado, que la sentencia ganada por la asesoría jurídica de Satse en Sevilla, anula la resolución de la Gerencia del Distrito Sanitario de Atención Primaria de Sevilla para la aplicación de la jornada de 37,5 horas por no ajustarse a Derecho.

Manifestación del sindicato enfermero.


En este sentido, recuerda la sentencia que, en lo relativo a la modificación de las condiciones laborales, caso de la ampliación de jornada, el Estatuto Marco establece que, de no alcanzarse un acuerdo en la negociación con los representantes sindicales, deben ser los Consejos de Gobierno de las comunidades autónomas los que fijen la forma de aplicación, como garantía de que se conseguirá una aplicación homogénea entre los profesionales.

Sin embargo, en el SAS, recalca Satse citando el texto judicial, mediante instrucciones o notas de circulación interior de los gerentes de los distintos distritos “se han ido fijando las jornadas de trabajo, para ampliarlas y distribuir el horario, lo cual se realiza de forma distinta en cada uno de los distritos sanitarios”, circunstancia que no puede tener acogida pues “excede del ámbito de sus competencias en tanto sería preciso un acuerdo del Consejo de Gobierno”.

Así, continua el sindicato de Enfermería, se procede a estimar la demanda al concluir que ante la falta de acuerdo sobre la ampliación de la jornada a las 37,5 horas “ha debido procederse en la forma indicada en el artículo 80.5 del Estatuto Marco, como se ha hecho en otras comunidades autónomas”, esto es, que sea el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía quien establezca la fórmula de aplicación de la nueva jornada.

Para el sindicato de Enfermería, la sentencia “viene a refrendar su denuncia sobre la arbitraria aplicación de la jornada laboral de 37,5 horas en los distintos centros del Servicio Andaluz de Salud y la discriminación que suponía en muchos casos frente a otros sectores de la función pública andaluza”.

Abuso de poder

En la misma línea, Satse incide en que la sentencia “deja en evidencia el abuso de poder de los gerentes de hospitales y distritos sanitarios a la hora de materializar la aplicación del incremento de jornada, hecho que durante meses ha llevado a la confusión a los profesionales sanitarios, sumiéndoles en un conflicto laboral ya que los trabajadores se sienten maltratados y discriminados con respecto a otros empleados públicos”.

Por tanto, con el pronunciamiento judicial, el Sindicato de Enfermería exige que “se establezca de forma definitiva unos criterios homogéneos de aplicación de la jornada laboral para evitar que los gerentes sigan presionando y abusando de los profesionales, intentando modificar sus condiciones de trabajo sin respaldo legal alguno”.

Para Satse, dichos criterios “deben ser homogéneos” en aplicación de la jornada máxima anual y “adaptada a las particulares necesidades asistenciales de los distintos centros”, sin generar desigualdades en las condiciones sociolaborales de los trabajadores del SAS y que favorezcan una mejor cobertura de las necesidades asistenciales de la población andaluza.
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