Consideran que no se han cumplido los acuerdos del Estatuto Marco



16 jul. 2014 15:45H
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Redacción. Granada
La Justicia da la razón al Sindicato Médico de Granada y declara nula la aplicación de la jornada de 37,5 horas, en vez de 35, en los centros sanitarios de la provincia, ya que entiende que no se han cumplido los acuerdos establecidos en el Estatuto Marco en cuanto a negociación con los representantes sindicales.

Salvador Galán.

Según establece la sentencia, la Gerencia del Área asume una competencia atribuida al Consejo de Gobierno, distribuyendo el incremento de la jornada laboral de forma ilegal, un aumento que afecta a las condiciones esenciales del personal estatutario, explica CESM en un comunicado.

La ley estipula, a través del artículo 80.5 del Estatuto Marco, que si en la negociación en esta materia no se llega a un acuerdo con los representantes sindicales, será el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma el que determine cómo se establece el incremento de la jornada y evitar así situaciones de discriminación dentro del propio Servicio Andaluz de Salud (SAS), y con otros empleados públicos.

Según CESM, el incremento, recogido en el Decreto 1/2012 que afecta a la mayoría de empleados públicos en esta materia, se ha aplicado de forma restrictiva y decidida unilateralmente únicamente en el sistema sanitario andaluz. El resto de trabajadores públicos de Andalucía y de España pueden cumplir el incremento de la jornada entrando o saliendo media hora antes o después, o a través de horarios pactados con los representantes de los trabajadores, sin imposiciones ni pérdida retributiva, así como mejorar la atención al ciudadano al incrementar los tiempos asistenciales, explica el sindicato médico granadino.

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