MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
El Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM) ha aplaudido la sentencia del Tribunal Supremo que ha suspendido cautelarmente la obligatoriedad de adjudicación de las plazas de formación sanitaria especializada por vía telemática y ha ordenado al Ministerio de Sanidad que adopte las medidas necesarias para que pueda hacerse de forma presencial.
"Solo nos queda esperar que no se retrase la incorporación de los residentes a las unidades docentes en las fechas previstas y que finalmente el proceso de elección de plaza se haga con todas las garantías posibles", ha comentado su presidente, Antonio Pujol de Castro.
El CEEM considera que los opositores "no han recibido un trato adecuado durante el proceso de elección". "Sin duda, el COVID-19 ha sido un gran factor, pero no ha sido el único. Dentro de la situación generada por la epidemia, se podría haber apostado por el consenso, implicando a los órganos de representación de los colectivos opositores en el proceso de toma de decisiones o en el asesoramiento al Ministerio", critican.
"Lamentamos que varios de nuestros compañeros opositores sientan que se ha jugado con ellos en uno de los momentos más importantes de sus vidas, donde ponen fin a un periodo cargado de estrés y donde van a decidir su futuro profesional", añaden.
Un grupo de opositores optó por elevar sus quejas por la vía contenciosa-administrativa hasta el Tribunal Supremo. El Tribunal Supremo, en el apartado noveno de su resolución, afirma que no va a suspender todo el proceso de adjudicación de plaza, ya que esta suspensión provocaría unos perjuicios generalizados no solo a los terceros participantes en el proceso de adjudicación, que son millares, sino también al interés público, pues la necesidad de que los participantes se incorporen a su proceso formativo constituye un elemento organizativo relevante en la organización de las unidades docentes acreditadas.
Por ello, concluye que solamente adoptará la medida cautelar de suspensión de aquellas partes de la Orden SND/411/2020 que imposibilitan la comparecencia personal como modo de solicitud, haciendo posible una elección telemática y presencial.