Redacción. Vitoria
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado mantener la suspensión de la paga extraordinaria de Navidad de 2012 a los funcionarios vascos, al considerar que su levantamiento podría "poner en peligro" la efectividad de una medida de política económica general relacionada con el conjunto de la política estatal "encaminada a lograr la contención del déficit y endeudamientos públicos".
El lehendakari, Íñigo Urkullu. |
Tras la decisión del anterior Gobierno vasco de abonar la paga extra a los funcionarios, el Ejecutivo central, que había acordado mediante decreto suprimir la paga extra de Navidad a los funcionarios, recurrió esta decisión y el TC admitió ese recurso. Esa admisión supuso la suspensión de la medida adoptada por el Ejecutivo de Euskadi, que en enero de este año presentó las correspondientes alegaciones y solicitaba que se dejara sin efecto la suspensión.
El TC recuerda, en su auto, las medidas legislativas que ha ido adoptando el Ejecutivo para abordar la crisis, entre ellas el Decreto Ley por la que se acordó la supresión de la paga extra. Añade que el objetivo declarado de esta norma es la reducción del déficit público a través de la contención de los gastos de personal en el sector público, pero "sin menoscabar la prestación de servicios públicos esenciales". El auto indica que con esta medida de supresión de la paga el Estado ha tomado una decisión de "política económica general expresiva de la voluntad de contención del gasto público".
En este sentido, señala que el levantamiento de la medida de suspensión podría poner en peligro la efectividad de una medida de política económica general relacionada con el conjunto de la política estatal encaminada a lograr la contención del déficit y endeudamientos públicos, con las "correlativas e indeseables consecuencias" que, en el contexto de la actual situación económica y financiera, pudieran generarse "para el conjunto de la economía española y, en especial, para el equilibrio financiero de las cuentas públicas".
El Tribunal Constitucional recuerda que ya ha establecido que la adopción de decisiones unitarias en materia de política económica es una consecuencia de la necesidad de dar "un tratamiento uniforme a determinados problemas en orden a la consecución de objetivos de interés general y de evitar que, dada la "estrecha interdependencia" de las actuaciones llevadas a cabo en las distintas partes del territorio nacional, se produzca un resultado "disfuncional y disgregador".
El Alto Tribunal considera que, con el mantenimiento de la suspensión, se evitarían "perjuicios" para la eficacia de las medidas económicas generales adoptadas por el Estado en materia de contención del endeudamiento público. Por lo tanto, cree que, en la ponderación de los intereses en juego, el mantenimiento de la suspensión "aparece como lo más conveniente para los intereses generales".
"Se trata pues de una decisión que, en unión con otras igualmente adoptadas por el Estado, trata de contener el crecimiento del endeudamiento público mediante la aplicación de un criterio de rigor presupuestario que permita dar estabilidad a las cuentas públicas del conjunto del Estado español, a fin de responder a la actual situación de desconfianza en la deuda soberana de la zona euro", añade.
A juicio del TC, el levantamiento de la medida de suspensión tendría efectos desfavorables desde el punto de vista de la "necesaria coherencia" de la política económica del Estado, que exige un carácter "unitario y uniforme" para la consecución de sus objetivos. Por lo tanto, con su mantenimiento, se evita la consecuencia "extravagantes" de generar situaciones de "desigualdad" a favor de los funcionarios vascos respecto al resto de empleados públicos de diferentes administraciones del Estado.