Exterior del Ingesa.
Los cuidados paliativos constituyen un
planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes, tanto adultos como niños, y sus allegados cuando afrontan problemas inherentes a una enfermedad potencialmente mortal. Además, previenen y alivian el sufrimiento a través de la identificación temprana, la evaluación y
el tratamiento correctos del dolor y otros problemas, sean estos de orden físico, psicosocial o espiritual. Por todo ello, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha publicado las bases para la creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos. Concretamente, el
Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este sábado cuál es el plazo, la validez y las vías de acceso a esta certificación.
"Los Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de
Paliativos (DAP) deben
reconocer la capacitación para atender pacientes en situaciones complejas, pertenecientes a diferentes ámbitos en ciencias de la salud y en un área funcional con un carácter marcadamente transversal. En la actualidad no hay definida ninguna otra área funcional similar que pueda solaparse con los DAP, lo que justifica la creación de este diploma", indican en el documento oficial.
Por lo tanto, las instrucciones tienen el objetivo de facilitar la aplicación y ejecución de la Orden del Ministerio de Sanidad SND/1427/2023, de 26 de diciembre, por la que se publican las bases para
la creación de estos diplomas, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 639/2015, de 10 de julio, por el que se regulan los mismos.
¿Quién puede acceder a este diploma?
¿Quién puede acceder a ellos? Según concretan, los colectivos específicos de
Medicina, Enfermería, Psicología Clínica, Psicología General Sanitaria y Fisioterapia que ejerzan su actividad profesional en el ámbito del
Ingesa y cumplan los requisitos establecidos en la orden. En primer lugar, si se hace por la vía excepcional tendrán que acreditar, en los últimos diez años,
un mínimo de cuatro años de práctica profesional a tiempo completo; así como estar en posesión de título Máster o Experto Universitario en Cuidados Paliativos.
En el caso de pedirlo por la vía ordinaria, además de la práctica profesional, tendrán que
aportar evidencias de adquisición, en los últimos cinco años, de las competencias definidas en el DAP mediante diferentes acciones formativas acreditadas por el sistema acreditador de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias. A ello hay que sumar la aportación de evidencias de haber adquirido competencias definidas en el Diploma de Acreditación referentes a docencia e investigación.
En el
BOE también se indica que los Diplomas de Acreditación en el Área Funcional Paliativos tendrán una vigencia de cinco años. "Para la renovación de un Diploma de Acreditación, que habrá de
presentarse dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha final de vigencia del diploma", añaden.
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