El importe destinado durante el año 2025 alcanza los 799.500 euros , mientras que el año pasado la cifra fue de 567.500

Los mutualistas de Muface contarán con ayudas asistenciales
El BOE remarca a quién van dirigidas las ayudas y con qué propósito.


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Regular las condiciones y plazos comunes aplicables al conjunto de personas mutualistas y beneficiarias de Muface para el acceso a las ayudas asistenciales es uno de los objetivos que el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública pretende llevar a cabo. A través de la concesión de ayudas asistenciales para el año 2025, se pretende conceder compensaciones en el copago farmacéutico. Además, també habrá ayudas destinadas a compensar el gasto derivado de la participación económica en la prestación farmacéutica para las personas mutualistas jubiladas y las personas titulares viudas o huérfanas.

Tal y como informa este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE), el resto de ayudas comprenderán las determinadas por inexistencia, pérdida o insuficiencia de prestaciones en supuestos concretos. También se sumarán las debidas a gastos de carácter urgente en casos de importancia extraordinaria debidamente justificado y, en general, se sumarán las ayudas que no hayan sido reguladas en las normas aplicables a este régimen especial por insuficiencia general de ingresos.

El importe destinado a las ayudas durante el año 2025 será la dotación total de los correspondientes créditos de Muface, que alcanza los 799.500 euros para el presente año, mientras que en el año pasado la cifra fue notablemente menor, de 567.500 euros. El BOE remarca también que al menos el 80 por ciento de todo este crédito se destinará a ayudas para el copago farmacéutico. Por otra parte, el plazo máximo de resolución de estas ayudas es el día 15 de noviembre de 2025.

¿A quién van destinadas las ayudas para el copago?


En relación a las ayudas para el copago farmacéutico, las personas beneficiarias que tendrán derecho a estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser personas mutualistas jubiladas, y personas titulares viudas o huérfanas del Régimen especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
  • Haber obtenido una jubilación permanente para el servicio derivada de accidente de servicio o de enfermedad profesional, haber solicitado el reintegro de los gastos de los medicamentos o productos dispensados por causa de dicho accidente de servicio o enfermedad profesional.
  • Encontrarse en situación de insuficiencia de ingresos.

El Servicio Provincial de Muface incorporará al expediente la cuantía acreditada de gasto por copago farmacéutico correspondiente al año 2024. Además, comprobará si la persona solicitante ha tramitado las solicitudes de reintegro de gasto farmacéutico derivadas de accidente de servicio o enfermedad profesional.

Los ingresos anuales por persona de la unidad de convivencia, referidos al ejercicio 2023, no pueden superar la escala que figura a continuación.

Personas de la unidad de convivencia Ingresos anuales por persona
1 18.000
2 15.300
3 13.500
4 o más 11.700

Ayudas asistenciales por insuficiencia general de ingresos


En relación a las ayudas asistenciales, las personas beneficiarias que tendrán derecho a estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser mutualista y encontrarse en alta o en situación asimilada al alta o ser titular de documento asimilado al de afiliación.
  • Encontrarse en situación de insuficiencia de ingresos.
Estas ayudas servirán para tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo, cuando no estén cubiertos por la prestación de asistencia sanitaria. También serán útiles para cubrir la pérdida o insuficiencia de prestaciones en casos concretos, los gastos de carácter urgente en caso de que tengan una importancia y, finalmente, cualesquiera otras análogas cuya percepción no haya sido regulada en las normas aplicables a este régimen especial.

Personas de la unidad de convivencia Ingresos anuales por persona
1 13.569
2 11.534
3 10.117
4 o más 8.820

A diferencia de las cifras del año pasado, las cantidades de las ayudas correspondientes a las ayudas asistenciales por insuficiencia general de ingresos también han aumentado ostensiblemente en cada tramo por unidad de convivencia
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