Oficina delegada de Muface en Madrid.
La incertidumbre persigue a
Muface. A pesar de que la
crisis sin precedentes de la mutualidad apunta a su fin, lo cierto es que las dudas aún rodean a los mutualistas. Los funcionarios públicos se enfrentan, un año más, y como el resto de la población, a una nueva campaña de la
declaración de la renta, cuyo plazo de presentaciones comienza este miércoles 2 de abril. Pero, en su caso, hay un matiz. Y es que
hasta el año 2028 los mutualistas no podrán recuperar el total de su dinero.
El pasado diciembre el Gobierno aprobó un cambio que afectaba al colectivo mutualista de cara a sus declaraciones del
IRPF. Pero, para comenzar a trazar esta modificación, hay que tener en cuenta otros factores.
Marta González Álvaro, subdirectora del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), es quien incide en este asunto. “Aquellos trabajadores que realizaron aportaciones a determinadas mutuas del trabajo entre los años 1967 y 1978, y que no fueron objeto de reducción en sus declaraciones de renta de dichos ejercicios, tienen ahora la posibilidad de reducir dichas cantidades del importe a incluir como
rendimiento del trabajo en la declaración de la renta de cada ejercicio cuando se perciban pensiones de jubilación o invalidez”, explica.
Para incidir en este asunto, la profesional se remonta a la campaña de la renta de 2023. Fue en ese año cuando la Agencia Tributaria estableció un procedimiento con el objetivo de que los mutualistas “pudieran solicitar la devolución de dichas cantidades de los ejercicios no prescritos”. Es decir, de los años 2019, 2020, 2021 y 2022. Una solicitud de devolución que se realizó con el
modelo DT2.
Sin embargo, a finales de 2024,
en plena crisis de Muface, se modificó este sistema “dejando sin efecto las solicitudes realizadas cuya devolución no se hubiera acordado antes del 22 de diciembre” de ese mismo año. Además, es en este sentido el que González Álvaro subraya:
“Las devoluciones ya abonadas por la Agencia Tributaria no se ven afectadas”.
¿Qué supone para los mutualistas este cambio?
La subdirectora del Gabinete de Estudios de la Aedaf matiza que, en este momento,
los mutualistas “tendrán que solicitar año a año las devoluciones” mediante el formulario de solicitud correspondiente. En este caso, el modelo DT2. Todo ello en el plazo de presentación de cada año.
Para ello, con este nuevo cambio, el Gobierno ha establecido un calendario:
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Devoluciones correspondientes a 2019: plazo de presentación del 2 de abril al 30 de junio de 2025.
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Devoluciones correspondientes a 2020: plazo de presentación en 2026.
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Devoluciones correspondientes a 2021: plazo de presentación en 2027.
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Devoluciones correspondientes a 2022: plazo de presentación en 2028.
Por tanto, como explica la representante de Aedaf, esta agenda supone que las devoluciones a los mutualistas “se van a demorar en el tiempo, es decir,
hasta el año 2028 no podrán recuperar la totalidad de su dinero”.
Asimismo, Marta González Álvaro apunta las implicaciones que va a tener este nuevo calendario entre los
titulares de Muface. “
Esta medida priva de liquidez a un colectivo de personas que en estos momentos de su vida, necesitan de mayores más recursos monetarios para poder atender sus gastos sanitarios o farmacéuticos o bien cubrir la necesidad de asistencia por parte de personas que les ayuden a realizar las actividades básicas de la vida diaria”, dice haciendo referencia al
perfil envejecido que prima dentro del mutualismo.
Además, otro de los detalles que pone sobre la mesa es lo que pasaría en el caso de que los mutualistas no recuperen en vida el importe de las cantidades a las que tienen derecho. “En
caso de fallecimiento, los herederos podrán solicitar la devolución”, señala.
Esto es lo que tendrán que hacer los mutualistas
A partir de este miércoles los funcionarios públicos se enfrentan a un nuevo proceso. Aunque, como ya avanza la experta, el nuevo modelo DT2 tendrá “las mismas características que el utilizado” durante la campaña de la renta del año pasado. “La
única diferencia se referirá a la devolución de un año, en concreto el 2019”, ahonda.
Este formulario estará disponible a partir de este 2 de abril en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. La subdirectora del Gabinete de Estudios de la Aedaf explica los
pasos a seguir. “Para la declaración de IRPF 2024 (a presentar en el año 2025), y ejercicios siguientes,
el procedimiento de devolución será automático, es decir no se necesario presentar una solicitud específica, ya que el importe de la reducción aparecerá en los datos fiscales del
mutualista del año 2024 como ‘Ajuste por Mutualidades-DT2” LIRPF’ y la reducción se aplicará automáticamente en la declaración de IRPF, minorando el importe de la pensión percibida en el ejercicio”.
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