Antonio Cabrera, Javier Martínez, Gracia Álvarez, Manuel Cascos y Gabriel del Pozo.
El
Consejo de Ministros anunció el pasado martes que a los
profesionales sanitarios que se han contagiado de coronavirus se les reconocerá e
l accidente laboral a "todos los efectos", mejorando así la "cobertura al personal sanitario que presta atención en los centros sanitarios o sociosanitarios" y que se ha contagiado de Covid-19, en palabras de
María Jesús Montero, portavoz del Gobierno. Los sindicatos que conforman el
Ámbito de Negociación lo consideran un "avance" pero insuficiente.
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"Es un avance pero no es el final.
Es mejor esto que nada, pero nosotros siempre hemos reclamado que se considere enfermedad profesional, como estaba en su momento en los documentos del Ministerio de Sanidad antes de la crisis", reivindica
Gabriel del Pozo, secretario general de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM). "Las enfermedades por coronavirus ya estaban consideradas enfermedad profesional antes de la crisis.
Evidentemente, no estaba la Covid-19 porque no existía", añade del Pozo
"Entiendo que en el caso de un sanitario que está atendiendo a pacientes afectados por la enfermedad, el contagio se presupone por su actividad profesional, por su trabajo, por lo que no es un accidente de trabajo que se deba demostrar, aunque en este caso nos lo vayan a dar por hecho", reflexiona el representante de los médicos españoles, que insiste: "
Si es enfermedad profesional, no hay que demostrar esa causa efecto"
Por su parte,
Antonio Cabrera, secretario general de Sanidad en CCOO; considera que la medida se queda "coja" ya que
"no están hablando de secuelas y es importante desarrollarlo como enfermedad profesional por ello, es básico".
"Es un avance pero insuficiente", denuncia Cabrera, advirtiendo que "parece que excluyen a determinados colectivos que pertenecen a contratatas y, si se han contagiado en el hospital, tienen que tener el ismo trato que los estatutarios y vamos a demandar".
Acciones legales
Para CCOO
es indudable que los contagios masivos se han producido en el trabajo por la escasez de equipos de protección individual y por la utilización, en muchos casos, de equipos que se han demostrado defectuosos. En este sentido sus servicios jurídicos orientarán a las personas afectadas para que, en función de las situaciones concretas en las que se hayan producido los contagios, puedan reclamar todas las mejoras previstas para los Accidentes de Trabajo cuando no se han cumplido las medidas de prevención de riesgos laborales, como el
recargo de prestaciones que pueden incrementar las cuantías de éstas.
No obstante," l
imitar la efectividad de la norma a quienes han contraído la enfermedad hasta el mes posterior a la finalización del estado alarma es insuficiente y, en nuestra opinión, insostenible. Una persona infectada en su desempeño profesional en un centro sanitario tras la finalización de ese periodo, no puede tener un tratamiento distinto a las personas infectadas durante el mismo", añade CCOO.
Incluir el coronavirus en el grupo 4
"Nosotros hemos pedido más, ya que queremos que se considere enfermedad profesional, pero bienvenido sea", relata Gracia Álvarez, secretaria de Salud, Servicios Sociosanitarios y Dependencia de FeSP-UGT. "Entendemos que siendo sustancia biológica a la que estás expuesto en el puesto de trabajo dese ser considerada enfermedad profesional, añade.
"Tampoco parece que sea muy difícil demostrar que te has contagiado en el puesto de trabajo. Además, las condiciones también son mejores, por lo que es otro motivo de lucha", reivindica la responsable de UGT, que advierte que "a nivel europeo se está pidiendo que se considere grupo cuatro" dentro de la clasificación de agentes que causan enfermedad profesional.
También lo ha solicitado el sindicato de Enfermería, Saste, advirtiendo que "en ese caso es posible acceder a determinados beneficios, como el de un
incremento en la prestación económica percibida correspondiente al periodo de baja, entre otras cuestiones".
Asimismo, Satse recuerda que este reconocimiento como enfermedad profesional conlleva, además de mayores prestaciones sociales para el trabajador, la obligación de realizar un seguimiento periódico de los profesionales infectados con la Covid-19, así como la
vigilancia de las posibles secuelas o enfermedades secundarias, lo que repercutiría también en mejorar los tratamientos contra esta patología.
Por su parte, CSIF "celebra que por fin el Consejo de Ministros haya atendido nuestra reivindicación de que la enfermedad contraída por contagio del Covid-19 se considere accidente de trabajo".
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