Cristina Mouriño. Madrid
Tras la decisión de parte de la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Madrid, encabezada por la vicepresidenta Ana Sánchez Atrio, de anular las tres mociones alternativas aprobadas en la última asamblea de compromisarios, la presidenta, Sonia López Arribas, llama a éstos a rebelarse contra Atrio. En una entrevista concedida a Redacción Médica, López Arribas considera que “deben ser los compromisarios quienes impugnen la decisión del resto de la junta directiva de anular las tres mociones alternativas que votaron democráticamente”. “La junta directiva debe acatar lo decidido por los compromisarios”.
“Lo que no puede hacer la junta, en ningún caso, es negarse a cumplir un mandato de la Asamblea, porque eso sería indisciplina deliberadamente rebelde ante un órgano de gobierno colegial (de hecho, el órgano supremo de gobierno), tipificado como falta grave en el régimen disciplinario de los Estatutos”, ha explicado.
Sonia López Arribas.
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La presidenta de los médicos madrileños ha valorado así la decisión del resto de la junta de gobierno del colegio de anular las mociones alternativas aprobadas en la última asamblea que acordaban la convocatoria de elecciones en el plazo de dos meses, la no renovación del contrato con Uniteco y la denuncia del seguro colectivo de los colegiados.
Según el comunicado de la vicepresidenta, “no cabe la votación de mociones alternativas a puntos que no están incluidos en el orden del día”. Sin embargo, López Arribas ha asegurado que “una moción alternativa nunca va a figurar en el orden del día porque es una herramienta de la que disponen los compromisarios para controlar la actuación de la junta directiva, por eso es alternativa”.
Según explica la junta directiva en el comunicado, “la Asamblea General no tiene la facultad de modificar los puntos del orden del día de la convocatoria, pues ésta viene determinada por la efectuada por el pleno de la junta directiva”. “Un pleno irregular”, en palabras de la presidenta del colegio. “La convocatoria decidida en el pleno al que alude la vicepresidenta no es formal porque se hizo fuera del horario del colegio y sin mi presencia“.
Solo la presidenta tiene el mandato para convocar un pleno de urgencia
“Previamente a este pleno, explica López Arribas, yo había convocado uno pero no acudió el resto de la junta directiva, de ahí que el secretario convocara después, a las 15.30 horas, obligando al resto de trabajadores del colegio a quedarse fuera del horario laboral”. Según marcan los estatutos, “únicamente la presidenta tiene el mandato para convocar un pleno urgente, por lo que el secretario, si la presidenta no se lo ordena, no puede convocarlo”, ha añadido. “En el caso de que no sea un pleno de urgencia; un 25 por ciento de la junta directiva puede solicitar una convocatoria de pleno y la presidenta no puede negarse, pero tiene que hacerse con ocho días de antelación, y eso tampoco lo cumplieron”. Así, lo que tuvo lugar fue una “reunión, no un Pleno, por lo que no puede generarse acuerdo alguno ya que los acuerdos solo pueden tomarse en reuniones del Pleno o la Permanente”. De esta forma, señala, la convocatoria de la Asamblea y su orden del día no tienen un origen legítimo y son perfectamente impugnables”.
Sin embargo, “decidí ir a la Asamblea por respeto a los compromisarios y al asistir no puedo impugnarla”, ha aclarado. Tras la anulación de las tres mociones que presentó, Sonia López Arribas se plantea convocar a la Asamblea General para que vote de nuevo estas tres propuestas y poner así fin, con la convocatoria de elecciones, al conflicto que mantiene paralizado al colegio.
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