Luis Concepción Aramendía, responsable de Asuntos Profesionales de la Sociedad Española de Radiología Médica (Seram).
Actualizar el reglamento sobre
protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes ya es una realidad en España, después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (
BOE) de un nuevo
Real Decreto. Esta nueva norma afecta a los sanitarios estrechamente ligados a la Radiología, especialmente por lo que respecta a la
salud visual.
Redacción Médica se ha puesto en contacto con
Luis Concepción Aramendía, responsable de Asuntos Profesionales de la Sociedad Española de Radiología Médica (
SERAM), para conocer qué supondrá este cambio derivado del Real Decreto: “El documento publicado por el BOE viene a sustituir el que España mantiene desde 2001. La
norma europea que marca los parámetros para actuar frente a las radiaciones ionizantes es de
2013, por lo que el Real Decreto completa de forma definitiva su transcripción y
consolidación en España”.
Por lo que respecta a la parte sanitaria, los cambios más destacados del Real Decreto son, en palabras de Concepción, “
documentación sobre cómo se tienen que llevar a cabo
diferentes procedimientos, junto con la gestión de
los riesgos del personal que trabaja con radiaciones ionizantes. Se definen muchos elementos y se transcribe documentación técnica al ámbito jurídico administrativo”.
Contar con las medidas adecuadas en el lugar de trabajo para proteger a los especialistas expuestos es uno de los puntos a los cuales se refiere Concepción. En el
Real Decreto se expone que el
titular de la
práctica deberá identificar, delimitar y clasificar
todos los lugares de trabajo en los que exista la posibilidad de recibir dosis efectivas superiores a
1 mSv por año oficial y establecer las medidas de protección radiológica aplicables.
La protección del cristalino y la piel frente a la radiación
Una de los apartados que afecta más a los radiólogos intervencionistas y a los médicos que trabajan con equipos angiográficos es el hecho de
aumentar la protección al
cristalino y la
piel. “Se trata de proteger la lente natural del ojo
ante la exposición a las radiaciones ionizantes. Una de las causas que provoca a la gente padecer cataratas de forma precoz son los trabajadores expuestos a la radiación. Este decreto protege la salud visual de los especialistas”.
Para proteger al
cristalino, el documento defiende una
limitación de dosis a la radiación necesaria, siendo de
100 mSv a lo largo de
cinco años oficiales consecutivos, y una
dosis máxima de
50 mSv en un
único año oficial. Por lo que respecta al
cuidado de la piel, el límite de dosis equivalente debe ser de
500 mSv por año oficial. Dicho límite se aplicará a la dosis promediada sobre cualquier superficie cutánea de 1 cm2, con independencia de la superficie que se tenga que exponer.
La responsabilidad de los jefes de Servicio de Radiología
El Real Decreto deja plasmado que el
jefe de Servicio o
Unidad Técnica de Protección Radiológica será el responsable de velar por el
cumplimiento de todo el reglamento frente a la radiación ionizante. En el caso de que no se ejecutara con la nueva normativa, el especialista deberá comunicarlo por escrito al
titular de la práctica, manteniendo el correspondiente registro a disposición de la
Inspección del Consejo de Seguridad Nuclear.
Los cambios que se esgrimen en el Real Decreto dentro del ámbito sanitario no son para Concepción “especialmente
costosos de implementar”, por lo que espera que se puedan consolidar en España de la forma más rápida posible.
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