Recomienda que la mutualidad evalúe los protocolos de autorización para la dispensación hospitalaria a personal externo

El Defensor del Pueblo pone bajo su lupa la farmacia hospitalaria de Muface
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo.


3 oct. 2022 16:30H
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El Defensor del Pueblo ha emitido una resolución por la que recomienda a Muface que inste a las entidades aseguradoras concertadas a revisar los protocolos por los que se establece el procedimiento de autorización para la dispensación de medicamentos de uso hospitalario a personal externo. Así ha contestado la institución que lidera Ángel Gabilondo a una queja de una mujer familiar de un paciente de Muface que se trata con un fármaco hospitalario. 

La queja se interpuso porque esta mujer lamentaba que el tratamiento para su familiar se tenía que dispensar exclusivamente para un mes y esto hacía que los familiares del paciente se tuviesen que trasladar cada mes al hospital para recoger la medicación. 

En la resolución de dispensación de fármacos en Muface se explica que el procedimiento de autorización por parte de las entidades concertadas para la dispensación de un medicamento de uso hospitalario para pacientes externos requiere de un seguimiento estrecho, "pues son las entidades aseguradoras las que los financian, para lo que establecen 'procedimientos internos para su autorización'.

En cuanto al tiempo de dispensación de estos medicamentos, motivo principal de la queja, la información trasladada señala que “no existe ninguna normativa donde se exija que la dispensación del tratamiento deba ser mensual”, pues la normativa actual hace referencia a “la financiación de la prestación farmacéutica ambulatoria a pacientes externos”, es decir, a que las medidas que las entidades concertadas adopten permitan el uso racional de estos medicamentos y la contención del gasto farmacéutico.

Por este motivo, Muface insiste en que son las entidades concertadas las que fijan sus propios protocolos internos para realizar el seguimiento de las autorizaciones de dispensación de estos medicamentos.


Muface tiene la obligación velar por sus beneficiarios


En este sentido, a juicio del Defensor del Pueblo, en la obligación que tiene la mutualidad de velar por la correcta atención de sus mutualistas y beneficiarios tanto en la prestación de asistencia sanitaria como en la prestación farmacológica, la adecuada dispensación “en tiempo” de la medicación que se precisa, aunque sea de uso hospitalario, debe ser, sin duda alguna, una prioridad, sin que los “protocolos internos establecidos para su dispensación por las entidades concertadas” impliquen una dificultad añadida.

Por ello, la institución que lidera Ángel Gabilondo considera que Muface, en su obligación de velar por la correcta protección de los intereses de sus mutualistas y beneficiarios, "debería tratar de solventar las dificultades con las que sus mutualistas se encuentran ante los protocolos internos adoptados por las entidades aseguradoras concertadas para la dispensación de estos medicamentos de uso hospitalario".

Asimismo, instar a las mismas a la revisión de los actuales criterios que permitan la obtención de la correspondiente autorización y posterior dispensación con mayor facilidad, especialmente si se trata de personas de avanzada edad y con tratamientos crónicos, y con mayor agilidad para evitar que se encuentren sin poder disponer de los fármacos necesarios que precisan para el tratamiento de sus enfermedades.
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