Patxi López, portavoz del PSOE en el Congreso.
El PSOE ha registrado en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley para blindar jurídicamente que toda persona mayor de edad pueda manifestar anticipadamente su
voluntad sobre los cuidados y tratamientos que desea recibir en el final de su vida. La legislación que promueven los socialistas engloba la introducción de las
instrucciones previas en la historia clínica del paciente, “de tal manera que los profesionales de la sanidad no puedan obviar su existencia”, así como la derogación de la llamada
‘Lex artis’.
“Asegurar la efectividad de las instrucciones previas es fundamental, y por ello es necesario que este documento sea
conocido por los profesionales sanitarios independientemente del territorio donde se haya formalizado”, recoge en su propuesta la formación socialista, que llama a “establecer una
nueva regulación” sobre este tipo de manifestaciones.
Dos reformas para el testamento vital
En primer lugar, la propuesta “se adecúa a lo dispuestos en la Ley Orgánica de
regulación de la Eutanasia” incorporando la solicitud de la prestación de
ayuda para morir entre las situaciones que son motivo para realizar instrucciones anticipadas de voluntad. Por otro, se regula que estas se produzcan dentro de los límites legales,
eliminando la referencia a la ‘Lex artis’ y “aportando mayor seguridad jurídica a su aplicación”.
Esta
‘Lex artis’ aparece reflejada en la
Ley 41/2002, que establece los límites a las preferencias y deseos manifestados por el paciente en el documento de instrucciones previas. “Viene a suponer que los profesionales sanitarios involucrados pueden hacer una
valoración de la voluntad del paciente que será tenida en cuenta para su tratamiento y cuidados, lo que de facto puede reducir la eficacia de las instrucciones previas y
restar seguridad jurídica”, sostienen los socialistas
“En definitiva, con esta reforma se refuerza la primacía de la voluntad de la persona y la protección de su dignidad, reforzando el derecho de toda persona mayor de edad a manifestar anticipadamente su
voluntad sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en el final de su vida”.
Instrucciones previas visibles en la historia clínica
Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que esta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias
no sea capaz de expresarlos personalmente.
Según defiende la formación que abandera en el Congreso
Patxi López, estas instrucciones “deberán figurar en lugar visible en la historia clínica del paciente, de tal manera que los profesionales sanitarios implicados en el proceso asistencial del paciente
no puedan obviar su existencia”.
Las instrucciones previas podrán ser modificadas o revocadas por el paciente en cualquier momento mediante cualquiera de los medios previstos para su otorgamiento. En todo caso, cuando la persona que se encuentre en el proceso final de la vida conserve su aptitud para tomar decisiones, la voluntad manifestada durante dicho proceso prevalecerá sobre cualquier otra previa.
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