El fin de la crisis sanitaria acaba con esta medida excepcional pese a la petición de algunas comunidades

El ministro de Sanidad, José Manuel Miñones, tras una rueda de prensa en Moncloa.
El ministro de Sanidad, José Miñones.


5 jul. 2023 14:00H
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El contagio por Covid-19 ha dejado de ser considerado desde este miércoles como un motivo para acreditar una enfermedad profesional entre los sanitarios. La decisión del Ministerio de Sanidad de dar por finalizada oficialmente la crisis ocasionada por el coronavirus ha provocado un efecto en cadena que ha derivado en la supresión de este derecho para los médicos, enfermeros o técnicos que continúan en contacto con los pacientes, según ha podido saber Redacción Médica. El nuevo marco legal ha puesto fin a esta consideración que se aprobó en febrero de 2021, a pesar de que algunas voces autonómicas habían reclamado que continuara en los niveles asistenciales más vinculados con el tratamiento de la enfermedad.

Fuentes del Ministerio de Sanidad han confirmado a este periódico que la normativa solo contemplaba la equiparación de enfermedad profesional en un espacio de tiempo comprendido entre la declaración de la pandemia internacional por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el “levantamiento por las autoridades sanitarias de todas las medidas de prevención”. Precisamente, el fin de todas las restricciones pendientes se materializó en la reunión de este martes del Consejo de Ministros y que un día después se ha confirmado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Hasta ahora, los sanitarios que habían contraído el Covid-19 en el ejercicio de sus funciones podían justificar una enfermedad profesional. A diferencia de cualquier otra patología común, esta consideración permite que los subsidios por baja alcancen el 75 por ciento de la base reguladora desde el día siguiente al parón, mientras que no es necesario acumular un periodo de cotización previo para poder acceder a la compensación económica. En el caso de otro tipo de enfermedad, hace falta haber trabajado al menos 180 días.

El ministro de Sanidad, José Miñones, ha confirmado a Redacción Médica esta decisión, que se suma al resto de iniciativas que ya han dejado de estar en vigor con motivo del fin de la crisis, como el uso de la mascarilla obligatoria en los centros sanitarios y las farmacias debido a la mejora de la situación epidemiológica del Covid-19. “Decaen todas las medidas”, ha expresado el dirigente socialista.

Las dos únicas iniciativas relacionadas con el coronavirus que el Gobierno sí que se han mantenido en el tiempo son la prórroga de la distribución de medicamentos hospitalarios en las farmacias comunitarias y el seguimiento de los datos de vacunación de las comunidades autónomas, que seguirán estando obligadas a remitir sus cifras al Ministerio de Sanidad. Ambas medidas se incluyeron en el decreto de medidas para paliar las consecuencias de la invasión de Ucrania, donde se han incorporado algunas de las reformas pendientes de la legislatura.


Presión autonómica por la enfermedad profesional


La decisión del Ministerio de Sanidad de eliminar la consideración del Covid-19 como enfermedad profesional se ha materializado, a pesar de que algunas voces autonómicas ya habían reivindicado que se mantuviera este derecho para los profesionales que ejercen en los niveles asistenciales más vinculados con el tratamiento de los pacientes, como las unidades de enfermedades respiratorias.

“La declaración como enfermedad profesional es un asunto extremadamente delicado y más en patologías como el covid, cuya transmisión ya es comunitaria”, han apuntado fuentes de las Consejerías de Sanidad autonómicas consultadas por este periódico. 
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