Elimina la obligación de enviar una copia de la ficha de seguridad de estos productos al ministerio

El Gobierno simplifica con Sanidad la gestión de sustancias peligrosas
Isabel Rodríguez, portavoz del Gobierno.


7 jun. 2022 17:20H
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POR SARA CABRERO
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que modifica el reglamento sobre notificación de sustancias nuevas, así como la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. El objetivo es adaptar sus disposiciones a las exigencias europeas y, en consecuencia, simplificar la normativa hasta ahora vigente eliminando, por ejemplo, la obligación de enviar una copia de la ficha de datos de seguridad al Ministerio de Sanidad.

De hecho, éste es uno de los "aspectos esenciales" de la modificación, según ha señalado el propio Gobierno en un comunicado. Así, el real decreto persigue tres objetivos claros que según las mismas fuentes radican en: armonizar los requisitos sobre las fichas de datos de seguridad establecidos, para fabricantes e importadores con respecto al resto de los Estados miembros de la UE, disminuir la carga administrativa que supone para los interesados el envío de la copia de la ficha de datos de seguridad y de sus posibles actualizaciones al Ministerio de Sanidad y, en último lugar, reducir el trabajo que supone para la administración la gestión y archivo de las copias de las fichas de datos de seguridad que son enviadas por los responsables de la comercialización de las sustancias y mezclas peligrosas.

En 2006, los organismos europeos establecieron los principios de la política comunitaria relacionados con las sustancias químicas, conocida como Reach, entre las que se encuentra la responsabilidad de transmitir la información sobre dichos productos a lo largo de toda la cadena de suministro, para "permitir que todos los actores pudieran realizar la correcta gestión del riesgo derivado del uso de las sustancias".


Unificar criterios


Así, la ficha de datos de seguridad comunitaria se convirtió en "una herramienta de comunicación" y "una parte integrante" de este proceso. No obstante, la misma no era tadavía "plenamente operativa" en España que, además, ya contaba entonces con "disposiciones nacionales específicas" sobre las fichas de datos de seguridad distintas a las creadas por el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo. De hecho, en la misma se pedía hasta la fecha 

Es por esta razón que se ha llevado a cabo este cambio con el propósito de unificar criterios y simplificar la burocracia. De hecho, el Ejecutivo explica que el reglamento Reach "se ha desarrollado en su totalidad y todas las sustancias comercializadas se encuentran ya registradas en los términos establecidos en el reglamento". Asimismo, detalla que a partir de este momento la industria "está obligada" a presentar toda la información requerida por esta normativa a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA).

Por otro lado, recuerda la peligrosidad de la composición química de las mezclas comercializadas y clasificadas en este grupo debido a sus efectos sobre la salud humana o el medio ambiente. Y, por ello, insiste en la "necesidad" de modificar este Real Decreto "con el fin de suprimir la obligación de remitir la ficha de seguridad al Ministerio de Sanidad, dado que toda la información que contiene se encuentra disponible actualmente en otras fuentes de información".
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