El complemento por demora consiste en un porcentaje adicional para trabajadores que prolongan su actividad laboral y se jubilan con una edad superior a la establecida legalmente.
Los médicos, una vez alcanzada la edad de jubilación, tienen la opción de prolongarla. Esta alternativa se denomina
'jubilación demorada' y permite paliar la pérdida de poder adquisito, como indica el último informe del
Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, que supera el 35 por ciento en gran parte de estos profesionales y el 50 por ciento para los que continúan haciendo guardias. Pero, ¿cuáles son las opciones que tienen estos médicos para
aplicar este complemento de demora? Y, una vez llegue la jubilación,
¿qué pensión percibe tras estos 'años extra'?
La Encuesta OMC-CESM sobre la Profesión Médica de diciembre de 2019, que proporcionó datos sobre la actitud ante la
jubilación de los médicos mayores de 55 años activos,
más de un 32 por ciento respondieron que estarían dispuestos a prolongar su actividad laboral, mientras que cerca del 13 por ciento tenían intención de adelantar su jubilación y más del 39 por ciento tenían intención de jubilarse cuando les correspondiera por la edad. "Sin duda aún quedan muchos compañeros que, pueden prolongar su vida en activo y
en las especialidades deficitarias puede ser un alivio, por las muchas jubilaciones que se producen y se van a producir en los próximos años y no cuentan con especialistas jóvenes para ocupar sus plazas", reconoce
Vicente Matas, médico jubilado y coordinador del Centro de Estudios.
Este
complemento por demora consiste en un porcentaje adicional para trabajadores que prolongan su actividad laboral y
se jubilan con una edad superior a la establecida legalmente. Por ejemplo, en Andalucía, Matas concreta que es necesario solicitar prolongar el servicio activo (para los estatutarios debe hacerse en los tres meses anteriores a cumplir los 65 años o de la edad de jubilación ordinaria y como mínimo un mes antes). Concedida la prórroga
se puede renunciar a la misma, solicitándolo con 15 días de antelación a la fecha que desee jubilarse.
Demora de jubilación en médicos y sus opciones
Cuando se acceda a la
pensión de jubilación con una edad superior a la edad ordinaria de jubilación y siempre que al cumplir esta edad se hubiera reunido el período mínimo de cotización exigido y no tener 70 años o más, se reconocerá al interesado un
porcentaje adicional o una cantidad por cada año completo cotizado entre la fecha en que cumplió dicha edad y la del hecho causante de la pensión.
"La mejor opción para el complemento de jubilación demorada es cobrarlo mes a mes, en lugar del importe a tanto alzado o, incluso, que la jubilación activa de médicos de Familia"
|
Este médico que decide
retrasar voluntariamente el momento de la jubilación y que percibirá un complemento económico cuando decida jubilarse, tiene un
abanico de opciones y debe conocer cuál es la más recomendable.
-
Porcentaje adicional del 4 por ciento por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria de jubilación, lo que supondrá un aumento de la cuantía de la pensión. Hasta el año 2022 el incentivo oscilaba entre un 2 y un 4 por ciento de mejora, según el tiempo cotizado.
-
Una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente. Se recibe en el momento de la jubilación. Matas señala que esta no es recomendable, pues "con poco más de siete años cobrando el incremento mensual, el importe es mayor y la cuota para hacienda mucho menor". Al cobrarlo completo el año de la jubilación, supone un importante incremento en el IRPF y al médico "llega poco más del 50 por ciento del importe bruto".
-
Una combinación de ambas. "En principio, tampoco es recomendable de forma general, aunque depende de la situación de cada médico y es una decisión personal", concreta Matas.
Este ha señalado directamente a
Redacción Médica que, físicamente,
"lo mejor es cobrarla mes a mes" en lugar del importe a tanto alzado "o incluso que la jubilación activa de médicos de familia o pediatras de AP", aunque asegura que es depende de las circunstancias del médico, puede necesitar más ingresos ahora.
Pensión tras la jubilación demorada
El Centro de Estudios recoge un ejemplo para ayudar a entender la situación que le quedaría a un
médico que opta por esta jubilación demorada, concretamente empleando la
figura de un médico que ha cotizado por el tope máximo. A este le corresponderá una pensión inicial de unos 3.400 euros al mes en catorce pagas (47.600 euros al año), pero
le afecta el tope máximo de las pensiones y su pensión será de 3.175,04 euros al mes (44.450,56 euros al año).
Si este médico ha ampliado su periodo activo en más de un año, por cada año completo "le correspondería este año un total de 127 euros al mes en catorce pagas (1.778,02 euros año)" y le quedaría con un año de
demora una pensión de 3.302,04 euros/mes (46.228,58 euros al año), lo que supone más de la pensión máxima mencionada anteriormente.
En el caso de elegir el
importe completo en pago único, el médico recibiría unos 12.000 euros brutos por año completo. Esta opción no se aconseja, pues cobrando el 4 por ciento mes a mes, con una supervivencia como pensionista de diez años el importe sería de 17.780 euros brutos y 11.226 euros netos, y con veinte años de supervivencia llegaría hasta los 35.560 euros brutos y 22.452 euros netos. "Además, los 12.000 euros por año completo en pago único, incrementan la base imponible del año de la jubilación que, con parte en activo y el resto la pensión, podría estar en el tramo del 37 o del 45 por ciento si la parte en activo es importante, por lo que
el importe neto puede quedar entre 7.560 y 6.600 euros netos", concluye.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.