Los titulares deberán comunicar a la Aemps antes de tres meses después de la entrada en vigor de la futura orden



29 nov. 2013 14:58H
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Redacción. Madrid
El Ministerio de Sanidad ha dado a conocer el borrador de la orden que regulará los requisitos mínimos y el procedimiento de autorización para que los medicamentos homeopáticos se adecúen a los de los de uso humano fabricados industrialmente, sometidos a lo dispuesto en el Real Decreto 1345/2007, y lo comuniquen a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps). Los titulares de medicamentos homeopáticos tendrán de plazo para hacer la comunicación hasta tres meses después de la entrada en vigor de la orden.

Hasta ahora, estos productos estaban regidos por una disposición transitoria del Real Decreto 2208/1994, es decir, de hace casi veinte años. En el RD 1345/2007 se establecía, sin embargo, que estos medicamentos deberían adecuarse a las previsiones incluidas en el propio RD.

Se calcula que son aproximadamente 19.000 los productos homeopáticos comercializados en la actualidad en nuestro país. Siempre han estado rodeados de polémica por sus especiales características, que son, como señala el borrador de la orden, “la débil concentración de principios activos y las dificultades para aplicarles la metodología estadística convencional sobre ensayos clínicos”.

Ahora, aquellos medicamentos “que se comercialicen con indicación terapéutica o en una presentación que pudiera originar riesgos, con respecto al efecto terapéutico esperado, deberán aplicarse las normas habituales para la autorización de comercialización de los medciamentos, teniendo en cuenta su naturaleza homeopática”.

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