Si los laboratorios no lo hacen, se arriesgan a ser sancionados



25 mar. 2014 11:31H
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Agustín Rivero.

Eduardo Ortega Socorro. Madrid
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el definitivo y esperado texto del Real Decreto de  precios de referencia y de agrupaciones homogéneas de medicamentos. Esta versión incorpora como principal novedad, respecto a las ya conocidas, que los laboratorios están obligados a informar de la comercialización de medicamentos por debajo del umbral mínimo español (1,6 euros) en otros países de la UE (si el precio no es también inferior en el territorio nacional) en el plazo de un mes “desde la fecha de aplicación de cada orden anual a la que se proceda a la actualización del sistema de precios de referencia o desde la fecha en que se inicie su comercialización a un precio inferior si se produce con posterioridad a la fecha de aplicación de la correspondiente orden”.

El texto advierte de que “el incumplimiento de la obligación de comunicación regulada se sancionará conforme al régimen sancionador que establece la Ley 29/2006”.

Lo que no cambia es que cuando “la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad tenga constancia de que una presentación de medicamento se esté comercializando en algún Estado miembro de la UE a un precio industrial inferior al fijado como precio industrial de referencia de acuerdo con los apartados 3 y 4 del artículo 4 [esto es, a productos que se han acogido al umbral mínimo], lo someterá a la siguiente reunión de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos para que acuerde la revisión de su precio a efectos de fijar como nuevo precio industrial máximo de dicha presentación el precio menor al que se esté comercializando en otro Estado miembro”.

Sistema de información

Como ya viene contando Redacción Médica, una de las principales novedades que incorpora el texto es la creación de un sistema de información sobre consumo mensual de medicamentos en la red pública hospitalaria, para el que el Ministerio de Sanidad cuenta ya con los datos de 14 comunidades autónomas.

Además, Agustín Rivero, director general de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia del Ministerio de Sanidad, destaca que para que un medicamento pueda estar en conjunto de referencia “deba estar comercializado de forma efectiva y el laboratorio pueda garantizar abastecimiento y presencia en el mercado”.

El responsable de Farmacia del Ministerio de Sanidad explica que las medidas contenidas en el real decreto se pondrán en marcha en cuanto esté preparada la orden correspondiente, que espera esté finalizada entre abril o mayo. "Depende de las alegaciones que presente la industria", indica Rivero, quien detalla que, respecto al borrador del proyecto legislativo, ya recibieron unas 400, "4.000 folios a revisar, aproximadamente".

Por otro lado, indica que se puede "calcular aún el ahorro que podemos conseguir. Es la primera vez que incluimos en precios de referencia a medicamentos con más de 10 años. Cualquiera de los precios de 14.500 presentaciones puede cambiar, o no. No sabemos cuánto bajarán o subirán”. Con todo, indica que “lógicamente, el gasto va a bajar. Solo por decisiones tomadas en la Comisión de precios [bajadas], se ha logrado ahorrar unos 170 millones de euros en el último año”.

ENLACES RELACIONADOS:

Vea aquí el RD de precios de referencia de medicamentos publicado por el BOE.

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