Los hospitales de Baleares con esa fórmula incluso carecen de normativa reguladoras



8 oct. 2015 12:02H
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Javier Barbado. Madrid
La Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas (TC) ha dado un aviso a las fundaciones hospitalarias públicas –y, más en concreto, a la de los hospitales-fundaciones de Alcorcón (Madrid) y de Calahorra (La Rioja) y otras asentadas en Baleares– para que amolden al máximo su forma contratar suministros con y sin publicidad al estándar recogido en la ley estatal creada al efecto y que se aplica en los centros de gestión directa tradicional.

Ricardo Tarno, del Partido Popular (PP).

Así se expresa este órgano, que preside Ricardo Tarno, del Partido Popular (PP), en una resolución publicada en la edición de este jueves del boletín oficial del estado (BOE) que incluye el informe fiscalizador del TC en el que este órgano examina con lupa el cumplimiento de la ley de contratos de la administración públicas en las fundaciones referidas.

De éstas, la de Alcorcón data la segunda mitad de los años 90, pues fue constituida por el extinto Insalud en 1996 y refrendada al año siguiente con la normativa creada al efecto sobre nuevas fórmulas de gestión en el Sistema Nacional de Salud (SNS). A diferencia de las de Islas Baleares –subraya la auditoría del TC– y al igual que la de Calahorra, esta pionera fundación hospitalaria ha dispuesto en todo momento de unos procedimientos prefijados para regular sus contrataciones, solo que, en ellos, el órgano fiscalizador ha encontrado “algunos aspectos deficientes” que deben corregirse, que son a los que se refiere ahora la Comisión Mixta.

Más garantías documentales

En resumen, se trata de que estos procedimientos incluyan “justificaciones de las necesidades que se pretenden satisfacer con los contratos”, “la cuantificación y establecimiento de presupuestos previos de licitación”, “la acreditación documental de la existencia de recursos financieros suficientes para atender las obligaciones económicas derivadas de los contratos”, “el establecimiento del contenido mínimo de los pliegos de condiciones (…) así como de modelos de contratos aplicables a los diferentes tipos de contratación, considerando la inclusión de cláusulas que tengan en cuenta la especial defensa de los intereses de las fundaciones hospitales como integrantes del sector público”.

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Acceda a la resolución publicada en el BOE

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