La oferta formativa es promovida desde el Ministerio de Sanidad.
Como cada año, el
Ministerio de Sanidad permite a profesionales o especialistas MIR extranjeros en formación realizar estancias formativas en todos los hospitales universitarios españoles, que hayan sido previamente acreditados como unidades MIR. El plazo de solicitud para dichas estancias formativas que se inicien en el primer
semestre del 2019, comenzó el pasado 18 de junio de 2018 y estará abierto hasta el 6 de julio de 2018.
Acceda a la solicitud pulsando aquí.
Tal y como recalca
Sanidad en su
página oficial, estas estancias van dirigidas
exclusivamente a ciudadanos extranjeros y
no a profesionales españoles o extranjeros que ya prestan servicios en instituciones públicas o privadas españolas y quieran realizar
estancias o periodos de aprendizaje en otros centros españoles o extranjeros.
De estas estancias formativas solo se pueden beneficiar exclusivamente ciudadanos extranjeros
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De este modo, de estas prácticas formativas MIR se pueden
beneficiar aquellas personas que tengan en el momento de la realización de la estancia
una vinculación laboral de carácter
profesional o formativo con una institución pública o privada de algún país con el que
España haya suscrito convenio de
colaboración cultural. También deberán de estar en posesión de un
Título Universitario o Especialista que le habilite para el ejercicio de una profesión sanitaria en el país de origen.
Las estancias se autorizarán por un
plazo máximo de seis meses, prorrogable
excepcionalmente por otros seis, mediante autorización expresa y fundamentada en causas debidamente justificadas por la comisión de docencia del centro en el que se realiza.
Una vez concluida la estancia no podrá autorizarse una nueva al mismo solicitante hasta transcurridos cinco años desde la conclusión de la anterior.
Concluido el período formativo, la comisión de docencia emitirá un certificado en el que se hará constar las actividades llevadas a cabo y la evaluación de la estancia formativa como
“satisfactoria” o “no satisfactoria” a la vista de los informes que emitan los profesionales que han tutelado su formación. Concluida la estancia formativa, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a la vista de la evaluación que se cita, expedirá una certificación
acreditativa de la misma.
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