En el caso de contar con certificado digital o sistema de firma electrónica (cl@ve), las reclamaciones correspondientes se deberán hacer a través de soporte electrónico.
La publicación del
número de aspirantes admitidos al examen MIR 2024 y resto de pruebas de Formación Sanitaria Especializada por parte del Ministerio de Sanidad también ha revelado
cuántos aspirantes de cada prueba no han sido admitidos. En el caso del MIR, este número asciende hasta los 1.598 candidatos. Sin embargo, aún tienen una última oportunidad para conseguir ser elegidos para realizar el examen del 20 de enero.
Según la resolución que aprueba estas relaciones provisionales, se establece un
plazo de reclamación entre las 9:00 horas del 31 de octubre y las 17:00 horas del 14 de noviembre de 2023, con el fin de subsanar los defectos que motivan la no admisión, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. "La no subsanación determinará la exclusión de la prueba de la persona aspirante de las pruebas selectivas", señala el Ministerio tras hacer público el
número de admitidos a las pruebas de FSE de 2024.
En el caso de contar con
certificado digital o sistema de firma electrónica (cl@ve), las reclamaciones correspondientes se deberán hacer
a través de soporte electrónico en la dirección. Además, como novedad en el examen MIR 2024, aquellas personas que quieran subsanar su
baremo académico, deben aportar el certificado que acredite los méritos académicos obtenidos en el grado o licenciatura en formato pdf.
Dentro de los motivos para realizar una subsanación está la
'subsanación genérica'. En este caso, se deberá acceder al apartado de 'Convocatoria actual' y 'Presentación de subsanaciones' donde se deberá cumplimentar el formulario y guardarlo, añadir la documentación adjunta para subsanar la causa de no admisión y registrar finalmente la subsanación.
Subsanar la falta de abono de tasas al MIR 2024
Otro de los motivos de subsanación es el correspondiente a las causas 5 y 6, es decir, la
falta de abono de tasas o la justificación incorrecta de exención de abono de tasas: "Se deberá aportar la acreditación de la exención de abono de tasas o cumplimentar un nuevo Modelo 790 abonando la tasa correspondiente electrónicamente".
Para proceder al abono de la tasa se deben seguir estos pasos:
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Acceder a “Convocatoria actual”, apartado “Descarga del modelo 790”.
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Cumplimentar el modelo 790 y abonar la tasa de forma electrónica.
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Descargar el modelo 790, una vez abonada la tasa electrónicamente.
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Acceder a “Convocatoria Actual”, opción de menú “Presentación de Subsanaciones”.
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Cumplimentar el formulario de subsanaciones, marcando la opción “si” en el apartado “requiere pago de tasa” e incluya el “código de tasa” que aparece en el modelo 790 guardado en el paso 3. Guardar el formulario.
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Añadir en documentación adjunta el modelo 790 descargado en el paso 3.
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Registrar la subsanación.
"Para subsanar la no admisión por la
causa 16 (
presentación incorrecta de la solicitud) se deberá registrar electrónicamente el Modelo 790 que cumplimentó durante la fase de presentación de solicitudes, adjuntando copia DNI o NIE, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado dirigiendo las reclamaciones al Ministerio de Sanidad - Secretaría de Estado de Sanidad. Para realizar este trámite debe disponer de certificado digital", recuerda el Ministerio.
Un total de 1.598 candidatos no han sido admitidos al examen MIR 2024; 2.079 en el conjunto de pruebas FSE
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Cómo reclamar sin DNI o NIE
Aquellas
personas que no dispongan de DNI o NIE y por tanto, no puedan acceder a un sistema de firma electrónico, deberán
presentar las subsanaciones presencialmente preferentemente en las
oficinas de asistencia en materia de registros, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. En estos casos tanto las solicitudes de corrección de errores en los datos personales, como las subsanaciones se presentarán
utilizando el modelo de reclamación publicado en la página web del Ministerio de Sanidad y que posteriormente se deberá presentar en las oficinas anteriormente mencionadas.
Para subsanar la
no admisión por causas 5 y 6 se deberá aportar la acreditación de la exención de abono de tasas o cumplimentar un nuevo Modelo 790 abonando la tasa correspondiente. "Para proceder al abono de la tasa se debe acceder a “Convocatoria actual”, apartado “Descarga del modelo 790”. Después, cumplimentar el modelo 790 y abonar la tasa, registrar toda la documentación presencialmente preferentemente en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero", señala.
Reclamaciones con pasaporte o inscripción por representante
Aquellas personas que
presentaron su solicitud con un numero de pasaporte y que durante el periodo de presentación de reclamaciones ya disponen de un DNI o NIE, deberán adjuntar el modelo de reclamación disponible en la página web
solicitando el cambio del documento de identidad y adjuntando la copia del mismo, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, dirigiendo las reclamaciones al Ministerio de Sanidad- Secretaría de Estado de Sanidad.
En el caso de las
personas que presentaron su solicitud a través de representante, podrán consultar si su solicitud figura como admitida o no admitida, identificándose a través de certificado electrónico o cl@ve, o bien a través de la opción de “usuario y contraseña”, utilizando el número de su documento de identidad, que se debe corresponder con el que figura en la solicitud registrada. "En caso de que no disponga de certificado electrónico o cl@ve y desee presentar una subsanación, deberán presentar las subsanaciones presencialmente preferentemente en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero", concluye Sanidad.
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