Sheila Justo da las claves para que los futuros residentes completen todos los trámites necesarios antes de incorporarse

Sheila Justo, vicepresidenta de la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts) da consejos para hacer todas las tramitaciones después de tener una plaza MIR adjudicada.
Sheila Justo, vicepresidenta de la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts).


12 abr. 2024 7:00H
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POR MARÍA ALCARAZ Joana Huertas
Tras pasar el largo periplo hasta tener una plaza MIR adjudicada, los residentes se enfrentan a unas semanas en las que deben hacer ciertos trámites de cara al comienzo de su residencia. Exámenes médicos, búsqueda de piso, firma de contrato... los futuros especialistas deben dar una serie de pasos antes de, por fin, incorporarse a su plaza. 

Sheila Justo, vicepresidenta de la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts), explica  a Redacción Médica las claves para que los MIR realicen de forma correcta todos los trámites. Lo primero que pasará es que, una vez la plaza asignada, los futuros residentes recibirán un correo con la credencial de la plaza MIR adjudicada. Además, Justo puntualiza que la credencial se podrá descargar la web de la Formación Sanitaria Especializada (FSE) accediendo a: Adjudicación de plazas y, dentro de ese mismo menú, impresión de credenciales.


Cuándo se incorporan a su plaza los MIR 2024


El siguiente paso es contactar telefónicamente con la Comisión de Docencia el día siguiente a la adjudicación. En este momento se debe programar el examen médico, que debe realizarse previo a los días de incorporación, que son el 6 o 7 de mayo de 2024.

Una vez llegado el día de la incorporación, los ya R1 tienen que firmar el contrato de la plaza laboral en formación. Sheila Justo explica que, en este contrato, los residentes encontrarán cláusulas importantes que se deben leer antes de firmar. De esta manera, encontrarán los siguientes aspectos contractuales:

  • La duración del contrato que firmarán los nuevos residentes será de un año, pero renovable por períodos iguales durante el tiempo que dure su programa de formación, siempre que, al final de cada año, el residente haya sido evaluado positivamente por el Comité de evaluación de la especialidad correspondiente.
  • Tiempo de trabajo y régimen de descansos: La jornada ordinaria de trabajo y jornada máxima semanal estará regulada como el resto de personal del centro. Tienen derecho a descansar entre jornadas 12 horas. Además, tienen jornadas especiales de 12 horas recogidas en supuestos de conciliación.
  • Fiestas, permisos y vacaciones: Los residentes que presten servicios en las entidades titulares docentes dependientes del Sistema Nacional de Salud disfrutarán de los mismos días de libre disposición que el personal estatutario de cada servicio de salud. Los que trabajen para centros de titularidad privada u otros sistemas de gestión se acogerán a las normas del Convenio colectivo del Centro.
  • Retribuciones: El sueldo está compuesto por el sueldo base y complemento de grado. Se regula en los Servicios de Salud a través de la Orden de Nominas y resto de centros a través del Convenio Colectivo. Tendrán dos pagas extraordinarias anuales. Las guardias son un concepto aparte nóminas.
  • Clausulas específicas como es la de incompatibilidad laboral con otras tareas.

Convenio laboral del MIR


Sheila Justo recuerda que, en el caso de los MIR, se guían por dos normas específicas. Por un lado, el Real Decreto 1146/2006, 7 de Octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. Por otro, el Real Decreto 183/2008, 8 de Febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

Además, los MIR quedan sujetos, como el resto de personal sanitario, tanto al Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud como de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de los residentes que se integren en centros privados, estos quedarán sujetos al convenio colectivo de cada centro.


Primeros pasos al incorporarse a la plaza


Una vez firmado el contrato, se empiezan los últimos trámites. Durante los primeros días se hacen las tarjetas identificativas como personal en formación del hospital o unidad docente. Con las que tendrán los residentes tendrán acceso a las zonas restringidas público general del hospital. Conocerán y tendrán acceso a zonas como la lavandería, para recoger el uniforme; la cafetería; y zonas como personal, nóminas o zonas de reuniones. Además, se podrán empezar a configurar los horarios.

Asimismo, es de esperar que en este primer contacto los residentes tengan que acudir a varios cursos de formación. “Depende de los centros, pero habitualmente los primeros días los órganos docentes elaboran cursos de formación de áreas comunes en los que se incluye la información básica en los cursos iniciales de formación, según tengan agendados los centros: protección radiológica, sistema informático, prevención de riesgos…”, recuerda Sheila Justo.
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