Además, organiza las guardias en los hospitales



14 nov. 2013 13:01H
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Redacción. Oviedo
La Consejería de Sanidad del Principado de Asturias ha aprobado el Decreto 7/2013 del 16 de enero por el que se regula el tiempo de trabajo y el régimen de descansos en el ámbito de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud. De este modo el personal vinculado al servicio de salud del Principado de Asturias mediante una relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas, teniendo en cuenta el límite mensual de 102 horas, por el que se regula el tiempo de trabajo y el régimen de descansos en el ámbito de los centros e instituciones sanitarias, podrá realizar un máximo de 1.224 horas anuales de jornada complementaria, pudiendo ser distribuida de forma irregular a lo largo del año.

Faustino Blanco, consejero de Sanidad.

Exención de guardias

Por otra parte, según el Decreto 7/2013 se habilita para que los profesionales que tuvieran reconocida la exención de realización de guardias en el momento de la entrada en vigor del acuerdo, puedan realizar módulos de atención continuada referidos a actividad ordinaria de diez horas mensuales. Por ello, adecuándose a las necesidades de cada unidad hospitalaria, es posible que se distribuyan irregularmente la realización de estas horas a lo largo del año.

Esta situación viene dada por la coherencia que ha de darse con la programación  de los módulos adicionales de jornada ordinaria del resto del personal facultativo en horario de tarde que se realiza en  módulos de cuatro horas.  De este modo, la programación de estos módulos de atención continuada referidos a actividad  ordinaria, del personal exento, se ha de programar de forma coincidente con dichos módulos de jornada ordinaria, y es  por ello que, dado que las diez horas establecidas no resultan divisibles entre los módulos de cuatro horas descritos, se  hace necesario establecer la posibilidad de distribución irregular del cumplimiento de la actividad adicional de atención continuada para el personal exento de guardias, a lo largo de todo el año.

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