El salario base anual resultará de aplicar la variación del IPC y sumarle un 0,5 por ciento



1 abr. 2015 13:00H
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Marcos Domínguez. Madrid

Antonio Pérez Ostos, presidente del Consejo Rector de Cecofar.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el convenio colectivo correspondiente al Centro Cooperativo Farmacéutico (Cecofar), mayorista que trabaja principalmente en la mitad sur de la Península y que cuenta con alrededor de 6.000 socios.

El convenio, que afecta a sus 800 empleados, fue firmado el pasado 12 de noviembre y tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2017. Establece la congelación del salario para el primer año de vigencia, la variación correspondiente a la tasa anual del IPC más medio punto porcentual. Es decir, que para 2015, se reducirá un 0,5 por ciento, al caer el IPC un 1 por ciento.

Se establecen cuatro grupos profesionales y ocho niveles salariales. Se especifica en el documento, no obstante, que si el IPC de 2014, 2015, 2016 y 2017, fuese superior a la subida salarial efectuada a 1 de enero de 2014, 2015, 2016 y 2017, respectivamente, se abonará la diferencia resultante. “Esta cláusula de revisión de la subida salarial no será aplicable a los salarios correspondientes a los años 2014, 2015, 2016 y 2017”, señala el convenio.

En cuanto a los complementos, se abonará un 75 por ciento adicional por hora extra trabajada, un aumento del 35 por ciento respecto al salario  base por el turno de noche, y 20 euros al día como plus de festivos, así como una gratificación de año nuevo de 1.141 euros a aquellos trabajadores indefinidos desde 2011, entre otros.

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