Francisco Fernández Marugán y Florentino Pérez Raya.
17 nov. 2021 17:50H
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El Defensor del Pueblo ha solicitado formalmente al Colegio de Enfermería de La Región de Murcia convocar elecciones “inmediatamente” tras más de tres años sin llevar a cabo este proceso. La situación de la Junta de Edad del colegio fue denunciada por Acción Enfermera a este órgano, que ha dictado que el “buen funcionamiento democrático” del Colegio Oficial de Enfermería de Murcia exige proceder, de “forma inmediata” al "oportuno proceso" para que los colegiados puedan retomar el control de la organización colegial que "les pertenece".
La situación se remonta a marzo de 2017, cuando el Consejo General de Enfermería destituyó a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería de Murcia por supuestas irregularidades en la convocatoria de las elecciones de 2016, designando una Junta de Edad para que convocara “de inmediato” nuevas elecciones.
Una vez finalizado el proceso judicial, la Junta cesada entregó el Colegio a la Junta de Edad, según consta en Acta Notarial, el 22 de octubre de 2018. Sin embargo, tal y como apunta Acción Enfermera, la Junta de Edad no solo no convocó las elecciones para las que fue designada, sino que tampoco convocó las Juntas generales de colegiados, que son el “único órgano legalmente facultado” para aprobar el balance de cuentas y los presupuestos del Colegio.
“Es decir, que la Junta de Edad presidida por Manuel García Sánchez ha arrebatado el control del Colegio a sus legítimos propietarios: los colegiados, que abonan religiosamente las cuotas que administra sin control de ningún tipo y sin transparencia ni rendición de cuentas esta Junta provisional”, reivindica la plataforma.
Acusación de "usurpación de funciones"
Asimismo, Acción Enfermera critica la postura que ha mantenido el Consejo General de Enfermería a lo largo del conflicto. "Lejos de hacer cumplir sus propias resoluciones, como viene obligada por sus propios Estatutos, ha permitido esta usurpación de funciones”, continúan, asegurando que la situación ha sido denunciada en numerosas ocasiones.
Finalmente, en el escrito remitido por la Oficina del Defensor del Pueblo, el órgano dictamina que “la previsión de los estatutos de la organización colegial de enfermería, en el citado artículo 24.14, es de naturaleza preceptiva", por lo que establece una obligación de ordenar la convocatoria de elecciones de manera inmediata.
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