Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería.
El
Consejo General de Enfermería (CGE) ha anunciado que interpondrá un
recurso de reposición contra la suspensión cautelar del
decreto de la Resolución nº 19/2017, que ordena el ejercicio enfermero en el ámbito de los
cuidados corpoestéticos y de la prevención del envejecimiento.
En un
comunicado remitido a los medios, el organismo presidido por Florentino Pérez Raya ha confirmado que recurrirá el auto dictado tras el recurso contencioso-administrativo que el Consejo General de Médicos ha presentado ante la Sala correspondiente del
Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
"Han decidido suspender cautelarmente la mencionada resolución sin entrar a analizar el fondo del asunto, valorando únicamente los intereses afectados.
Habrá de ser por tanto la sentencia final la que decida la conformidad a derecho o no de la Resolución", han remarcado desde el Consejo.
Enfermería espera a la sentencia final que decida la conformidad o no de la Resolución del decreto
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En sus declaraciones, Enfermería ha criticado que ambas organizaciones profesionales, la Sociedad Española de Medicina Estética (SEME) y Organización Médico Colegial (OMC), han recurrido "al mensaje del miedo" haciendo referencia a un inexistente peligro contra la salud de los pacientes para así
"armar unos argumentos cuyas pretensiones son exclusivamente corporativistas". "No entendemos que una organización profesional y una supuesta sociedad científica tengan que recurrir a generar miedo y alarma social para tratar de defender sus propios intereses en lugar de optar por ordenar el ejercicio profesional médico", han acusado.
A su entender, la ordenación de la profesión es una función que "tanto la Ley de Colegios Profesionales como los Estatutos de la Organización Colegial atribuye al Consejo General en garantía de los derechos de los pacientes".
"En el ejercicio de esa función esencial, se han venido dictando a lo largo de los años diversas Resoluciones que ordenan el ejercicio profesional enfermero en distintos ámbitos", manifestaba el CGE.
En este sentido, el órgano enfermero asegura que esa función
"distinta de la ordenación es la regulación profesional que corresponde, conforme establece el artículo 36 de la Constitución, al legislador estatal, y que actualmente está materializada en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, respecto de las profesiones sanitarias".
"Por eso sorprende sobremanera que un Consejo General como el de Médicos ponga en duda la capacidad ordenadora que todos los Consejos Generales tienen reconocida por Ley y pretenda confundir a los Tribunales, a los profesionales y a la sociedad en general, acerca del contenido de la citada Resolución nº 19/2017, que
en modo alguno regula ni pretende regular el ejercicio profesional", han lamentado desde el CGE.
"La OMC nos pone en duda de manera incongruente"
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La resolución no regula el ejercicio
A su entender, los enfermeros han querido reivindicar que la Resolución nº 19/2017 no regula el ejercicio profesional "pero sí ordena ese ejercicio en el ámbito de los cuidados corpoestéticos y de la prevención del envejecimiento".
"Nos preocupa especialmente que un órgano regulador como es la Organización Médica Colegial, ponga en duda de manera incongruente con su recurso la capacidad ordenadora de cada profesión que tenemos reconocida por Ley todos y cada uno de los Consejos Generales", han criticado los enfermeros recordando que no puede "haber invasión de competencias en medicina estética porque no existe tal especialidad específica".
"Respetando, como no puede ser de otra manera, la decisión de la Sala del TSJ de Madrid, no podemos compartir que la Resolución regule ningún tipo de competencia profesional enfermera, ni tampoco que se suspenda la misma y no solamente los aspectos concretos cuestionados por la OMC,
manteniendo en todo caso la vigencia de las facultades ordenadoras que todo Consejo General posee", han concluido.
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