Una sentencia destaca que la indemnización ha tenido en cuenta el daño moral producido



19 ene. 2015 13:21H
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Redacción. Santiago
Un juzgado de lo Contencioso de Santiago ha condenado a la Administración a indemnizar con 18.000 euros a los dos hijos de una paciente de 70 años que falleció por falta de consentimiento informado e historia clínica incompleta. Tras fallar la primera cirugía, se reintervino a la paciente, que falleció en el hospital "tras una  prolongada estancia y habiendo adquirido varias infecciones nosocomiales que no pudo superar".  

La sentencia recoge que el hecho de que exista documento de consentimiento informado para la anestesia y la referencia a la urgencia de las dos intervenciones, "no son datos suficientes para evidenciar la existencia de información válida y suficiente, no constando en ninguno de los dos casos documento de consentimiento informado para cada intervención".

Así, indica que no resulta "acreditada la existencia de la necesaria información o de un proceso de diálogo respecto del grave estado de la paciente". Y subraya la "no constancia en la historia clínica de la paciente obrante en el expediente ni de todas las hojas de enfermería, ni todas las hojas de evolución médica, ni todas las hojas de farmacología, del 7 de diciembre de 2003 al 17 de diciembre de 2003".

"De todo lo expuesto se concluye que en este caso la Administración no ha cumplimentado la carga probatoria de que el consentimiento informado se haya prestado en los términos previstos en la ley, no habiendo probado la concurrencia de información suficiente y de calidad, ni de forma documentada ni de forma oral, respecto de las posibles riesgos y complicaciones, siendo que ha existido un resultado lesivo, concurriendo una daño moral por la ausencia de consentimiento informado para las dos intervenciones quirúrgicas realizadas, daño moral que debe de ser indemnizado", recoge la resolución.
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