También deberá pagar una multa de 6.000 euros, así como una indemnización a su expareja para la misma cantidad y otros 2.358 euros a la comunidad balear



9 feb. 2016 11:48H
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Redacción. Madrid
Al Tribunal Supremo de Justicia no le ha temblado el pulso. La Sala Segunda confirma la condena de tres años y tres meses de prisión al médico menorquín que, sin ninguna autorización o consentimiento, accedió vía informática al historial clínico de su excompañera sentimental, así como de la hija, hermana y marido de su anterior pareja.

El médico, que fue culpado por el por delito continuado de descubrimiento de secretos, también deberá pagar una multa de 6.000 euros, a las que se suman los 2.358 euros que deberá dar a la comunidad balear y otros 6.000 euros para su expareja, quien era enfermera en el mismo centro que él cuando sucedieron los hechos.

El alto tribunal, que anula la condena por falta de injurias leves, ya que estaba prescrita, ha mantenido la condena por descubrimiento de secretos. En este sentido, argumenta que el médico accedió a las bases de datos “con interés en acosar a la perjudicada, con la que el acusado había roto una relación, de manera que se expresa en el relato fáctico que la relación era ‘tormentosa’”.

Lejos de ser una falta aislada, el Supremo recuerda que los accesos a los historiales fueron plurales (más de 200 en total), prolongados en el tiempo (desde diciembre de 2009 a febrero de 2011) y afectaron a la mujer y tres familiares de ella. “Lo que es indicativo de un inusitado interés en la búsqueda de información a la que no podía acceder”, precisa la Sala Segunda.

En este sentido, recalca que “esa reiteración de la conducta supone una agresión continuada en la intimidad de la perjudicada y sus familiares, lo que supone la realización del tipo, un acceso inconsentido realizado en perjuicio de la titular que ha visto perjudicado su derecho a la intimidad por la conducta del acusado, que la realiza no de forma casual, ni de forma involuntaria, sino reiterada”.

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