La profesional sufrió una crisis por “exceso de carga de trabajo”, según la sentencia

País Vasco reconoce la ansiedad de una sanitaria como accidente laboral
Palacio de Justicia de Guipúzcoa.


10 oct. 2017 10:50H
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Hasta ahora, las crisis de ansiedad no se categorizaban judicialmente como accidentes laborales. Sin embargo, tras la decisión adoptada este lunes por el del Juzgado de lo Social número 1 de Eibar (Guipúzcoa) en la que se reconoce como accidente de trabajo este tipo de afección a una profesional del servicio vasco de salud (Osakidetza), las crisis de ansiedad podrían pasar a considerarse al mismo nivel que una lesión física producida en el entorno laboral.

Tal y como informa CCOO a través de un comunicado, la mujer -responsable de la admisión de consultas externas del Hospital de Mondragón (OSI Alto Deba)- sufrió una crisis de ansiedad hace un año que desde el sindicato se achacó a un “exceso de carga de trabajo”. Es más, considera que el servicio de salud vasco trató “de ocultar el origen profesional de la crisis de ansiedad” derivando a la mujer a su médico de atención primaria, en lugar de a la mutua.

Según CCOO, la resolución judicial considera como un hecho probado que la profesional sanitaria comunicó a sus superiores en repetidas ocasiones la ansiedad que le producía el exceso de carga de trabajo que soportaba.

Un hecho que, según CCOO, pesó más en la sentencia, que desestimó las alegaciones formuladas por parte de Mutualia –la cual argumentaba que no se trataba de un accidente de trabajo porque la paciente acudió a su médico de atención primaria- y del servicio de salud vasco –que entendía como “asumible” la carga de trabajo impuesta a su trabajadora.
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