13 ene. 2015 19:44H
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Redacción. Madrid
Los médicos que constaten que una paciente mayor de 14 años y aún dependiente socioeconómicamente de sus padres ha sufrido mutilación genital en algún momento de su infancia tendrán que dar parte de lesiones al juzgado, como ya vienen haciendo cuando descubren un caso reciente en menores de edad. Si bien no es una denuncia, es la comunicación con la que se notifica al juzgado la posibilidad de que se haya cometido un hecho delictivo.
Así lo propone el Protocolo Común de Actuación Sanitaria frente a la Mutilación Genital Femenina (MGF) que ha desarrollado el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en colaboración con las comunidades autónomas y que previsiblemente, será refrendado por las mismas este miércoles en el Consejo Interterritorial del ramo.
Unifica los criterios para los sanitarios
El documento unifica los criterios que deben regir en la respuesta del personal sanitario, desde el médico de cabecera hasta la matrona o el pediatra, tanto ante el tratamiento de afecciones derivadas de la mutilación genital en mujeres adultas como frente a la sospecha de que una niña va a ser trasladada a su lugar de origen para someterla a esta práctica que se suele dar entre los 5 y los 14 años de edad.
Otra de las novedades que recoge el protocolo es la reacción ante la sospecha de que en un viaje familiar al país de origen, una niña pueda ser mutilada. En este caso, los médicos informarán a los padres de las consecuencias que tendrá esa práctica no sólo para la salud de la niña, sino también para ellos por la comisión de un delito de lesiones.
Un compromiso preventivo que esgrimir en el país de origen
Tras facilitar la información, les propondrán firmar un “compromiso preventivo” en el que los padres de la menor se comprometen a no mutilarla durante la estancia en el extranjero. Según explica el protocolo, se trata de “un documento desarrollado para que los padres y madres de las niñas puedan utilizarlo en sus viajes a los países de origen como elemento de apoyo en su decisión de no practicar la MGF a sus hijas”.
Aunque el protocolo detalla que “como cualquier otro compromiso, su aceptación ha de ser voluntaria y de común acuerdo entre las partes implicadas”, si los padres se niegan a firmar, el médico tendrá que avisar al servicio autonómico de protección de menores que corresponda para que, a su vez, notifique el riesgo a Fiscalía y adopte “las medidas cautelares” que considere oportunas para proteger a la niña respecto de las intenciones de sus familiares.
“No existen pruebas” en España
Aunque en España se detectaron algunos casos de mutilación genital femenina practicados en Cataluña en 1993 y en Palma de Mallorca en 1996, “no existen pruebas fehacientes de que se hayan realizado más mutilaciones”, conforme explica el documento.
Esta práctica está aún presente en determinadas etnias de 29 países del mundo entre los que figuran Senegal, Nigeria, Malí, Gambia, Ghana, Guinea, Mauritania, Camerún, Guinea Bissau, Egipto, Costa de Marfil, República Democrática del Congo, Burkina Faso o Kenia, países estos que tienen ciudadanos residiendo en España.
No obstante, la nacionalidad no es el único factor de riesgo, pues depende de la etnia, el nivel de prevalencia de la MGF en esa comunidad, la edad de la población en la que se practica o el hecho de que la madre de la menor haya sido mutilada, es decir, que el médico deberá tener formación e información sobre todos estos aspectos a la hora de considerar el riesgo de que una paciente menor de edad acabe en esta situación.
Reconstrucción “preferente”
El protocolo dedica asimismo un amplio apartado a la intervención con mujeres adultas que bien por un embarazo, bien por complicaciones a causa de la mutilación que sufrieron de niñas, acuden a la consulta. Plantea desde el modo de introducir la conversación con la paciente hasta una guía del momento y la forma en que debe practicarse una cirugía para reconstruir lo que la MGF destrozó.
Sobre este asunto, establece que “las mujeres mutiladas pueden y deben beneficiarse cuanto antes y en la medida de lo posible de una acción terapéutica reparadora del daño causado” y señala que “en caso de precisar cirugía” serán derivadas al hospital de referencia donde “estas pacientes deben ser consideradas como preferentes, de manera que no se produzca una gran demora desde que se toma la decisión de practicar la intervención hasta su realización”.
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