Ricardo Martínez Platel / Imagen: Cristina Cebrián. Madrid
La tertulia anual que organiza Promede en el Congreso Nacional de Derecho Sanitario ha abordado el análisis de un caso real sobre valoración del daño moral derivado de la responsabilidad sanitaria.
Gustavo Muñoz, doctor en Derecho; Juan Siso, abogado; Ricardo De Lorenzo, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario; Eugenio Laborda, presidente de la Sociedad Española de Valoración del Daño Corporal; Juan Abarca Cidón, presidente de Promede; y José Guerrero Zaplana, magistrado de la Audiencia Nacional.
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El magistrado de la Audiencia Nacional, José Guerrero Zaplana, ha reconocido que la valoración del daño moral genera discrepancias y precisa de unificación de criterios, puesto que en la actualidad, genera inseguridad jurídica.
En materia de responsabilidad sanitaria, el magistrado ha explicado que piden que “el paciente quede como antes”, y es complicado calibrar este daño porque no hay pruebas y muchas veces depende “de la imaginación del abogado del enfermo”, por lo que debe ser valorado de manera personalizada, ya que “es imposible de materializar como un daño físico”.
En este punto, el abogado Juan Siso ha querido marcar las diferencias entre los distintos daños morales, que pueden ser psíquicos, psicológicos, afectar al intelecto o emocionales. El doctor en Derecho Gustavo Muñoz ha señalado que bajo su experiencia, el Tribunal Supremo es el que le ha dado mayores indemnizaciones en concepto de daño moral y lo suele pedir fuera de baremo, que no deja de ser una referencia, pero que tiene una aplicación discrecional.
Por último, Eugenio Laborda, presidente de la Sociedad Española de Valoración del Daño Corporal, ha subrayado que el perito puede incitar o moderar a los abogados, de cara a este tipo de reclamaciones, puesto que en el informe pericial pueden hacer referencia al perjuicio del ocio, la vida futura o la capacidad laboral.
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