El TJUE entiende que si no hay baja médica, no se impide el descanso que proporcionan esos días

Europa veta posponer vacaciones si se ha cumplido una cuarentena médica sin enfermedad.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).


14 dic. 2023 11:15H
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado el aplazamiento de las vacaciones anuales retribuidas en los casos en los que el trabajador que no esté enfermo deba permanecer en cuarentena tras haber estado en contacto con una persona infectada. Lo ha hecho a raíz de la solicitud de un empleado de la Caja de Ahorros de Südpfalz, Alemania, que trató de posponer su período de vacaciones anuales por este motivo.

La Caja de Ahorros rechazó la solicitud del trabajador que debió permanecer sus vacaciones en cuarentena tras haber tenido contacto con una persona infectada por Covid-19. Por este motivo, el empleado presentó una demanda alegando que la negativa violaba el Derecho de la Unión Europea, específicamente la Directiva sobre el tiempo de trabajo.

El Tribunal Laboral alemán, al que se remitió el caso, señaló que la legislación nacional solo obliga al empleador a posponer las vacaciones si el trabajador puede demostrar una incapacidad laboral durante el período de vacaciones. Los tribunales alemanes concluyeron que la cuarentena no equivale a una incapacidad laboral.


La cuarentena “no impide” disponer de un periodo de ocio


Ante esta situación, el Tribunal Laboral consultó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para determinar si el Derecho de la Unión exigía posponer los días de vacaciones que coincidían con la cuarentena y este dictamino su negativa a tal solicitud tras argumentar que la finalidad de las vacaciones es permitir al trabajador descansar y disfrutar de un período de ocio, y la cuarentena, a diferencia de una enfermedad, no impide alcanzar estos objetivos.

En consecuencia, el TJUE señala que el empleador no está obligado a compensar las desventajas derivadas de la cuarentena, un evento imprevisible, a pesar de que podría afectar el disfrute pleno y deseado del derecho a vacaciones anuales retribuidas por parte del empleado.

Cabe destacar que la remisión prejudicial permite a los tribunales de los Estados miembros consultar al Tribunal de Justicia sobre la interpretación del Derecho de la Unión, pero la decisión final sobre el litigio nacional recae en el Tribunal Nacional.
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