Tribunal Supremo.
El
Tribunal Supremo ha dado un pequeño respiro a la
Oferta Pública de Empleo (OPE) que el Gobierno ha puesto en marcha para estabilizar más de
3.000 puestos de trabajo en la Administración General del Estado (AGE). La Sala de lo Contencioso Administrativo ha rechazado aplicar
medidas cautelares contra el procedimiento, que había sido recurrido ante la Justicia. La decisión permitirá que cientos de médicos puedan seguir aspirando a convertir sus plazas en puestos indefinidos, sin examinarse. Aunque la sentencia definitiva no tendrá lugar hasta 2023 cuando se valorará finalmente su legalidad.
El Consejo de Ministros aprobó la oferta a finales de mayo con el objetivo de dar cumplimiento a la
Ley 20/21 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. El desglose de puestos ofertados abarca diferentes departamentos, entre ellos la Red Hospitalaria del
Ministerio de Defensa con 307 plazas de personal estatutario. El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (245) o el cuerpo de médicos forenses de
Justicia (47) son otros dos de los más numerosos. La OPE la completan algunas vacantes más sanitarias de médicos inspectores, facultativos
penitenciarios o farmacéuticos.
La respuesta del Tribunal Supremo se produce después de que el Consejo General de Colegios de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local hubiese impugnado el Real Decreto del 24 de mayo. En su recurso, pidieron la nulidad de la oferta porque consideraban que vulneraba los
“principios de igualdad, mérito y capacidad” por incluir plazas locales en la oferta con habilitación de carácter nacional.
Los demandantes también advirtieron sobre la
falta de “transparencia” en la convocatoria por no determinar las 807 plazas dirigidas a los municipios. Mientras que recordaron que la Ley 20/21 ha sido sometida a diferentes
recursos de inconstitucionalidad que todavía están pendientes de resolverse, lo que podría provocar que finalmente los seleccionados no accediesen a su puesto. “No acordar la suspensión pretendida perjudicará a las entidades locales a las que fueran destinados los aspirantes frustrados”, reza el recurso.
El Supremo se alinea con la Abogacía del Estado
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha denegado la medida cautelares y se ha comprometido a
avanzar en el procedimiento judicial definitivo antes de que los implicados tengan que tomar posesión de sus puestos. “La sola existencia de recursos de inconstitucionalidad pendientes contra la ley en cuya virtud se dicta un real decreto
no es bastante para justificar la suspensión cautelar”, han apuntado.
Los jueces han tenido también en cuenta la defensa realizada por la
Abogacía del Estado que había advertido de que suspender la OPE
“perturbaría gravemente los intereses generales, ya que los preceptos impugnados se han dictado en cumplimiento de un mandato legal que fija como fecha límite para que se lleven a cabo los procesos selectivos el 31 de diciembre de 2024”.
El equipo jurídico estatal también ha pedido que no se suspenda la convocatoria sin tener en cuenta la voluntad de los aspirantes a las plazas para no
“vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva”.
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