Ricardo Martínez Platel. Madrid
En los supuestos en los que los tribunales abordan casos de responsabilidad civil sanitaria es preciso analizar la existencia de una actuación negligente y la presencia de un daño. Cuando se aprecia el vínculo entre el acto médico y la consecuencia sufrida se calcula la sanción pecuniaria. Es en este punto donde surge la necesidad de una ley específica sobre responsabilidad sanitaria, además de un baremo de daños médicos que sirva para fijar las indemnizaciones.
El Consejo Asesor de Sanidad trabaja en el nuevo baremo.
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Se trata de un proyecto, respaldado por el Ministerio de Sanidad, que respondería a una petición histórica dentro del sector y que ultima su futura regulación. Según señalaba el letrado Ricardo De Lorenzo, en su columna semanal de Redacción Médica, esta medida generaría seguridad jurídica, a la vez que establecería unos criterios de equidad basados en aspectos técnicos y científicos, a partir de unas escalas que, para cada patología, recoja una puntuación del uno al cien en función de la gravedad de los daños y sus secuelas.
Como ha explicado en más de una ocasión el catedrático Domingo Bello Janeiro, en muchos casos el baremo de tráfico puede ser suficiente si se trata de lesiones traumáticas, pero no es extrapolable a otras complicaciones médicas en las que es complicado aplicar esa tabla para las consecuencias derivadas de un tratamiento.
Bello Janeiro reitera que “ante la indeterminación de la cifra final de la cantidad a pagar en los casos de condena al médico, parece necesario desarrollar un baremo concreto de daños médicos en donde se especifiquen las cuantías concretas”. El catedrático concluye que “lo más difícil es valorar los daños morales que se pueden producir en un paciente”.
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